III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-7217)
Resolución de 28 de abril de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Divulgación del Arte Lírico Escénico, para la organización y desarrollo de la temporada lírica de Bogotá 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 104

Sábado 1 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 52600

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
7217

Resolución de 28 de abril de 2021, del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación
para la Divulgación del Arte Lírico Escénico, para la organización y desarrollo
de la temporada lírica de Bogotá 2021.

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Fundación para la
Divulgación del Arte Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico) han suscrito, con fecha 15
de abril de 2021, un Convenio para la organización y desarrollo de la temporada lírica de
Bogotá 2021, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 28 de abril de 2021.–La Directora General del Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música, Amaya de Miguel Toral.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM)
y la Fundación para la Divulgación del Arte Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico)
para la organización y desarrollo de la temporada lírica de Bogotá 2021
En Madrid, a 15 de abril de 2021.
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que desde el año 1987, La Fundación organiza en Bogotá una temporada lírica
en la que se representan los títulos de las más importantes zarzuelas con la participación
de destacados intérpretes líricos españoles e iberoamericanos
II. Que el INAEM tiene como finalidad principal la promoción, protección y difusión
de las artes escénicas y de la música en cualquiera de sus manifestaciones, y que de
forma específica, concede una especial importancia a la difusión de la lírica,

cve: BOE-A-2021-7217
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, doña Amaya de Miguel Toral, Directora General del Instituto Nacional de
las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y
representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, n.º 1, 28004 Madrid, y CIF
número Q2818024H, en virtud de nombramiento realizado por Real Decreto 856/2018, de 6
de julio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 6.2.c) del Real
Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE núm. 306, de 20 de diciembre).
De otra parte, doña Estrella Barbero de Malagón, con número de Célula de
Ciudadanía 41.334.928, Directora General de la Fundación para la Divulgación del Arte
Lírico Escénico (Fundación Arte Lírico), con número de Identificación Tributaria (NIT)
800015377-9, con domicilio a estos efectos en la avda. 22, n.º 42-87 oficina 301, Bogotá
(Colombia), registrada en la Cámara de Comercio de Bogotá con fecha 27 de enero
de 1997 con el número 00001468 del libro I de las entidades sin fines de lucro, en
nombre y representación de la misma de conformidad con el certificado de la Cámara de
Comercio de Bogotá de 25 de enero de 2017, en adelante denominada La Fundación.