III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2021-7131)
Resolución de 27 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y la Comunidad Autónoma de Cantabria, en materia estadística.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Viernes 30 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 52173

Las partes se reconocen con capacidad suficiente para suscribir el presente
Convenio y a tal efecto
EXPONEN
Fundamentos de competencia en la materia

El Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y
competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS),
atribuye en su artículo 1.1.a) las competencias en materia de inscripción de empresas, y
la afiliación, altas y bajas de los trabajadores, materia regulada posteriormente por el
artículo 3 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y
bajas y variaciones de datos de los trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto 84/1996, de 26 de enero. A tales efectos, en virtud de lo establecido en el
artículo 52.2 Apdo.1.b) del citado Reglamento, corresponde a la TGSS el mantenimiento
de un Registro de trabajadores con la correspondiente identificación de cada régimen del
Sistema de Seguridad Social, así como los beneficiarios y demás personas sujetas a la
obligación de cotizar. Dicho registro está integrado en el Fichero General de Afiliación
cuya titularidad ostenta este Servicio Común de la Seguridad Social. Asimismo, el citado
Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, también atribuye a la TGSS en su artículo 1.1.b)
las competencias en materia de gestión y control de la cotización y de la recaudación de
las cuotas y demás recursos de financiación del sistema de la Seguridad Social.
El Real Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del
Instituto Social de la Marina (en adelante ISM), atribuye en su artículo 3.1.a) al citado
Instituto la gestión, administración y reconocimiento del derecho a las prestaciones del
Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como la
inscripción de empresas, altas y bajas de los trabajadores acogidos a dicho Régimen
Especial. Del mismo modo la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección
social de las personas trabajadoras en el sector marítimo-pesquero, en su artículo 42
otorga al ISM una doble dimensión de competencias: como organismo encargado de la
atención social del sector marítimo-pesquero y como entidad gestora del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Además, en el artículo 43,
señala que el ISM actuará como entidad colaboradora de la TGSS en la gestión de la
cotización y recaudación en período voluntario.
El Decreto 3/2005, de 13 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto
Cántabro de Estadística establece en el artículo 2.e) que al ICANE le corresponde «la
representación oficial del Gobierno de Cantabria en materia estadística». Asimismo, el
artículo 24 de la Ley 4/2005, de 5 de octubre, de Estadística de Cantabria establece que
se fomentará la firma de convenios y acuerdos entre las diferentes administraciones para
favorecer una mayor eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos públicos en la
actividad estadística.
El Instituto Cántabro de Estadística es el órgano competente en materia estadística,
correspondiéndole por tanto el ejercicio de las funciones que le atribuye la Ley 4/2005,
de 5 de octubre, de Estadística de Cantabria, y siendo el responsable de realizar la
propuesta de fórmulas de colaboración con otras Administraciones Públicas para la
óptima realización de los trabajos estadísticos competencia de la Administración de la
Comunidad Autónoma, para cuyo desarrollo necesita acceder a la información contenida
en las bases de datos de la TGSS mediante la cesión de datos por parte del citado
Servicio Común.

cve: BOE-A-2021-7131
Verificable en https://www.boe.es

I.