II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado. (BOE-A-2021-7074)
Resolución de 23 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51397
7.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
7.4 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Plaza de la Provincia, 1
28071
Madrid,
teléfono
913791630,
dirección
de
correo
electrónico
tribunal.tei19_20@maec.es
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de las personas candidatas se iniciará alfabéticamente
por aquellos cuyo apellido comience por la letra «B», según lo establecido en la
Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y
Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación:
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/
OportunidadesProfesionalesFormacion/OportunidadesProfesionales/
traduccioneinterpretacion/Paginas/Inicio.aspx, así como en la
www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
página
web
8.3 Toda la información del proceso selectivo se presentará en formatos
adecuados, siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las
personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de
las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
8.4 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico tribunal.tei19_20@maec.es.
9.
Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que las personas aspirantes que
superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
10.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditados, alguna de las
personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio
del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación
de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo
11.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51397
7.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
7.4 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Plaza de la Provincia, 1
28071
Madrid,
teléfono
913791630,
dirección
de
correo
electrónico
tribunal.tei19_20@maec.es
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de las personas candidatas se iniciará alfabéticamente
por aquellos cuyo apellido comience por la letra «B», según lo establecido en la
Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y
Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación:
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/
OportunidadesProfesionalesFormacion/OportunidadesProfesionales/
traduccioneinterpretacion/Paginas/Inicio.aspx, así como en la
www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.
página
web
8.3 Toda la información del proceso selectivo se presentará en formatos
adecuados, siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las
personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de
las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
8.4 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico tribunal.tei19_20@maec.es.
9.
Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que las personas aspirantes que
superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
10.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditados, alguna de las
personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio
del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la
superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas
de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una
resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación
de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo
11.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103