II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado. (BOE-A-2021-7074)
Resolución de 23 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51395
Antigüedad:
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en un Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G – TRADUCCION E
INTERPRETACION del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años (excluido el tiempo
como personal laboral indefinido no fijo), en una categoría y grupo profesional
equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades
de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la
Administración General del Estado y desarrollando las funciones de traducción e
interpretación directa e inversa de distintos idiomas.
6.
Solicitudes
6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
6.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente mediante medios electrónicos,
en aplicación de la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, en caso de incidencia técnica que imposibilite la
presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la
incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos
y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el Anexo IV de esta
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
– La cumplimentación en línea del modelo oficial de admisión 790.
– La presentación de documentos anexos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 51395
Antigüedad:
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario
de carrera en un Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo
A2, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo A2 o en
Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal
laboral fijo (excluido el tiempo como personal laboral indefinido no fijo) en puestos que
hayan sido encuadrados en el grupo y especialidad 1G – TRADUCCION E
INTERPRETACION del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la
Administración General del Estado vigente.
– Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años (excluido el tiempo
como personal laboral indefinido no fijo), en una categoría y grupo profesional
equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades
de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la
Administración General del Estado y desarrollando las funciones de traducción e
interpretación directa e inversa de distintos idiomas.
6.
Solicitudes
6.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
6.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente mediante medios electrónicos,
en aplicación de la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, en caso de incidencia técnica que imposibilite la
presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la
incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos
y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el Anexo IV de esta
cve: BOE-A-2021-7074
Verificable en https://www.boe.es
– La cumplimentación en línea del modelo oficial de admisión 790.
– La presentación de documentos anexos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.