II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Destinos. (BOE-A-2021-7062)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 16 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.A. Pág. 51376
presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
Cuarto.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, convocados por otros Organismos. Asimismo, se
considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro
de indemnización por concepto alguno.
Quinto.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa y, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
Reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
cve: BOE-A-2021-7062
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 22 de abril de 2021.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, Cani Fernández Vicién.
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. II.A. Pág. 51376
presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
Cuarto.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, convocados por otros Organismos. Asimismo, se
considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro
de indemnización por concepto alguno.
Quinto.
Contra la presente Resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa y, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de
Reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.
cve: BOE-A-2021-7062
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 22 de abril de 2021.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia, Cani Fernández Vicién.