III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-7118)
Resolución de 21 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Asociación para la Defensa Ecolóxica de Galiza, para realizar actuaciones de custodia fluvial en el río Tea en el Ayuntamiento de Mondariz entre Ponte Cernadelas y los pasos de Tatín.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 52061
Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que,
en nombre de las entidades que representan, tienen conferidas
EXPONEN
I. Que en fecha 2 de febrero de 2017 (BOE núm. 98, de 25 de abril 2017), se otorgó
el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y la Asociación para
la Defensa Ecolóxica de Galiza para realizar actuaciones de custodia fluvial en el río Tea
en el Ayuntamiento de Mondariz entre Ponte Cernadelas y los Pasos de Tatín, con una
duración de cuatro años.
II. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de su cláusula octava, las
posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
III. Que en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público se dispone que los convenios deberán tener una duración determinada, no
superior a cuatro años, aunque, en cualquier momento antes de la finalización del plazo
previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de
hasta cuatro años adicionales o su extinción.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente Adenda de prórroga al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
El objeto de esta Adenda es acordar la prórroga del Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y la Asociación para la Defensa Ecolóxica de Galiza para
realizar actuaciones de custodia fluvial en el río Tea en el Ayuntamiento de Mondariz
entre Ponte Cernadelas y los pasos de Tatín.
Segunda.
Prórroga y eficacia de la Adenda.
Las partes acuerdan la prórroga del Convenio por un período de cuatro años.
La presente Adenda surtirá eficacia desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además,
habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-7118
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman la presente
Adenda en el lugar y fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Secretario de la Asociación
para la Defensa Ecolóxica de Galiza, Froilán Pallín Seco.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 103
Viernes 30 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 52061
Intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las facultades que,
en nombre de las entidades que representan, tienen conferidas
EXPONEN
I. Que en fecha 2 de febrero de 2017 (BOE núm. 98, de 25 de abril 2017), se otorgó
el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y la Asociación para
la Defensa Ecolóxica de Galiza para realizar actuaciones de custodia fluvial en el río Tea
en el Ayuntamiento de Mondariz entre Ponte Cernadelas y los Pasos de Tatín, con una
duración de cuatro años.
II. Que, conforme a lo establecido en el apartado tercero de su cláusula octava, las
posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
III. Que en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público se dispone que los convenios deberán tener una duración determinada, no
superior a cuatro años, aunque, en cualquier momento antes de la finalización del plazo
previsto, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de
hasta cuatro años adicionales o su extinción.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente Adenda de prórroga al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la Adenda.
El objeto de esta Adenda es acordar la prórroga del Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y la Asociación para la Defensa Ecolóxica de Galiza para
realizar actuaciones de custodia fluvial en el río Tea en el Ayuntamiento de Mondariz
entre Ponte Cernadelas y los pasos de Tatín.
Segunda.
Prórroga y eficacia de la Adenda.
Las partes acuerdan la prórroga del Convenio por un período de cuatro años.
La presente Adenda surtirá eficacia desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además,
habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2021-7118
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman la presente
Adenda en el lugar y fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación
Hidrográfica Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–El Secretario de la Asociación
para la Defensa Ecolóxica de Galiza, Froilán Pallín Seco.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X