III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-7100)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Burgos, de 17 de octubre de 2019, que ha devenido firme.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103

Viernes 30 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 51571

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
7100

Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el
artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Juzgado de Primera
Instancia n.º 5 de Burgos, de 17 de octubre de 2019, que ha devenido firme.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Burgos, de fecha 17 de octubre de 2019,
que ha devenido firme, por la que se estiman las pretensiones de la parte actora
contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado de fecha 20 de febrero de 2019 (3.ª).
En los autos de juicio verbal número 256/2019, seguidos en el Juzgado de Primera
Instancia número 5 de Burgos, a instancias de «Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo,
Segovia y Castelldans, S.C.C.», representada por el procurador de los tribunales, don C.
A. A., y dirigido por el letrado, don P. G. R., contra la Dirección General de los Registros y
del Notariado, representado por el abogado del Estado, y «Miranda Logística, S.A.»,
representada por la procuradora de los tribunales, doña M. L. Y. R., y dirigida por el
letrado don C. M. Z., solicitando se dejase sin efecto la Resolución de la Dirección
General de los Registros y Notariado de 20 de febrero de 2019 (3.ª), se ha dictado
sentencia, en fecha 17 de octubre de 2019, que contiene el siguiente fallo:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por Caja Rural de Burgos, Fuentepelayo,
Segovia y Castelldans, representada por el Procurador don C. A. A., contra la Dirección
General de los Registros y del Notariado, representada y dirigida por el abogado del
Estado, siendo parte interesada Miranda Logística, S.A., representada por la
Procuradora doña M. L. Y. R., debo acordar y acuerdo dejar sin efecto la Resolución de
la Dirección General de los Registros y del Notariado de 20 de febrero de 2019, por la
que se confirma la calificación del Registrador de la Propiedad de Miranda de Ebro, por
la que se suspendía la inscripción del mandamiento acordada por el Decreto de 19 de
diciembre de 2016 y posterior Decreto aclaratorio de 17 de enero de 2017, extendido por
el Letrado de la Administración de Justicia en procedimiento de ejecución hipotecaria
n.º 3872015 [sic], seguido ante el Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Miranda de
Ebro. Todo ello con imposición de costas a la parte demandada que se ha opuesto a la
demanda.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doña María Luisa Miranda de
Miguel, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Burgos.

cve: BOE-A-2021-7100
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de marzo de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X