II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-6999)
Resolución de 26 de marzo de 2021, conjunta de la Universidad de Oviedo y del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 51019

misma, durante un máximo de dos horas, de un tema del programa presentado por el
concursante en el proyecto docente y elegido por él, de entre cinco extraídos por sorteo.
El aspirante dispondrá de un tiempo de dos horas para preparar su exposición,
preparación que realizará en un lugar designado por la Comisión y asistido por el
Secretario de la misma.
6.6 Finalizada la segunda prueba, cada miembro de la comisión entregará al
presidente un informe con la valoración motivada sobre cada concursante, ajustada a los
criterios establecidos. Para superar esta segunda prueba deberán haber obtenido en la
votación, al menos, tres votos favorables de los miembros de la comisión. En esta
votación, ningún miembro de la comisión podrá abstenerse.
6.7 Una vez celebrado el concurso de acceso, se harán públicos en el tablón de
anuncios del Departamento al que se adscribe la plaza los resultados de la evaluación
de cada concursante con la puntuación numérica correspondiente, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, así como los votos obtenidos por cada candidato y la
propuesta de provisión de la plaza con una relación de todos los candidatos por orden de
preferencia.
7.

Propuesta de provisión

7.1 Concluido el proceso de valoración, la comisión formulará al Rector la
correspondiente propuesta de provisión, motivada y con carácter vinculante y no podrá
proponerse mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas. El proceso
podrá concluir también con la propuesta de la comisión de no proveer la plaza o plazas
convocadas.
7.2 El tiempo transcurrido entre la publicación de la composición de la comisión de
selección en el «Boletín Oficial del Estado» y la resolución de los concursos no podrá
exceder de cuatro meses. A los efectos del cómputo de dicho plazo, se excluirán los
períodos recogidos en la base 1.3.
7.3 El secretario de la comisión de selección, en los cinco días hábiles siguientes al
de finalización de su actuación, entregará en el Servicio de Profesorado, habilitado a tal
fin como Secretaría General de la Universidad de Oviedo, el expediente administrativo
del concurso y una copia de la documentación presentada por los candidatos que, una
vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les será devuelta.
7.4 Contra la propuesta de la comisión de selección, los candidatos admitidos al
concurso podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del de su publicación en el tablón de anuncios del
Departamento al que está adscrita la plaza.
7.5 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones
de la Universidad de Oviedo a que se refiere el artículo 55 de sus Estatutos que velará
por la igualdad de oportunidades de los aspirantes y el respeto de los principios de
mérito y capacidad.
7.6 La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses a
partir de la interposición de la reclamación para ratificar o no la propuesta impugnada, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 de los Estatutos. Sus acuerdos serán
vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán
impugnables directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De no
dictarse resolución expresa en plazo, el reclamante podrá entender desestimada su
reclamación a los efectos de interponer los recursos judiciales que estime pertinentes.
8.

Protección de datos

8.1 La participación en esta convocatoria implica la aceptación de la autorización
para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo
con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

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Núm. 102