III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Recaudación de tributos. Entidades colaboradoras. (BOE-A-2021-7021)
Resolución de 14 de abril de 2021, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se cancela la autorización n.º 297 para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria correspondiente a MUFG Bank (Europe) N.V., Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Jueves 29 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 51140

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
7021

Resolución de 14 de abril de 2021, del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se cancela la
autorización n.º 297 para actuar como entidad colaboradora en la gestión
recaudatoria correspondiente a MUFG Bank (Europe) N.V., Sucursal en
España.

Visto el escrito remitido por la Entidad MUFG Bank (Europe) N.V., Sucursal en
España, en el que solicita su exclusión como Entidad colaboradora en la gestión
recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, este Departamento dicta
la siguiente Resolución:
Se procede a cancelar la autorización número 297 para actuar como colaboradora en
la gestión recaudatoria, correspondiente a la Entidad MUFG Bank (Europe) N.V.,
Sucursal en España, S.A. En consecuencia, la citada Entidad deberá proceder a la
inmediata cancelación de las cuentas restringidas a que se refiere el artículo 5 de la
Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio (BOE de 9 de julio), sin perjuicio de la eventual
aplicación de lo previsto en el apartado primero, punto cuarto de la Instrucción n.º
1/2008, de 27 de febrero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante el Director General de
la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su notificación.
La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-7021
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de abril de 2021.–El Director del Departamento de Recaudación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, Guillermo Barros Gallego.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X