IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20814)
GRANADA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102

Jueves 29 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 26935

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20814

GRANADA

Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el concurso voluntario ordinario núm.612/14, seguido a instancia de
CRISTALERIA HERRERA, S.A., por auto de fecha 22 de abril de 2021, se ha
resuelto:
Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona
jurídica CRISTALERÍA HERRERA, S.A. con CIF A-18044214, inscrita en el
Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas
presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:
Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro
Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso
existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del
concurso.
Se acuerda la extinción de CRISTALERÍA HERRERA, S.A. con CIF A18044214. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de
la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la
cancelación de CRISTALERÍA HERRERA, S.A. con CIF A-18044214
Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días
desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al
Juzgado su acreditación de Administrador cesando en ese momento en sus
funciones.
Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481
TRLC (177 LC)).
Granada, 26 de abril de 2021.- La Letrada de la Admón. de Justicia, Constanza
Clara Lendinez Barranco.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X