IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20777)
A CORUÑA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26897
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20777
A CORUÑA
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de
concurso arriba referenciado concurso abreviado voluntario 99/2021, con Número
de Identificación General 15030 47 1 2021 0000199, relativo al deudor Suso Añón
Peluqueros, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-15447501,
domiciliada en calle Real, número 150, bajo, en Ferrol, A Coruña, se ha dictado en
fecha 12 de marzo de 2021, el auto de declaración de concurso en el que se
acordó:
"Dispongo:
1.- Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la
solicitud de concurso voluntario, presentada por la procuradora doña Marta Pereira
de Vicente, en nombre y representación de Suso Añón Peluqueros, Sociedad
Limitada, con Código de Identificación Fiscal B 15447501, domiciliada en calle
Real, número 150, de Ferrol, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña en el
Tomo 1453 del Archivo, Sección General, folio 27, hoja C-10862.
2.- Declaro en situación legal de concurso voluntario a la entidad Suso Añón
Peluqueros, Sociedad Limitada.
3.- Su tramitación seguirá las reglas del Procedimiento Abreviado.
4.- Se acuerda la intervención de las facultades de administración y disposición
del deudor sobre su patrimonio.
5.- La administración concursal, con las facultades determinadas en el
apartado anterior, estará integrada por: Díaz Delgado Abogados, Sociedad
Limitada Profesional, con domicilio profesional en calle Emilia Pardo Bazán,
número 22, planta 1, de A Coruña, teléfono 981122285, correo electrónico
cdiaz@abogados-consultores.es.
6.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, 251, 255 y 256
del Texto Refundido Ley Concursal, a todos los acreedores del concursado, para
que en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del
correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado.
La Administración Concursal tiene un mes desde la aceptación para presentar
el informe provisional –artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal -, sin perjuicio
de la prórroga ya otorgada, prevista en el artículo291.1 Texto Refundido Ley
Concursal hasta cinco días después de la expiración del plazo de comunicación de
créditos, si transcurrido el plazo señalado no hubiera finalizado el periodo para la
comunicación de créditos legalmente previsto.
cve: BOE-B-2021-20777
Verificable en https://www.boe.es
7.- Hágase saber a la administración concursal que el plazo para la
presentación del informe es de un mes, de conformidad con el artículo 525 Texto
Refundido Ley Concursal. El inventario de bienes y derechos de la masa activa
deberá ser presentado dentro de los quince días siguientes a la aceptación del
cargo (artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal).
Núm. 102
Jueves 29 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26897
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20777
A CORUÑA
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,
Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de
concurso arriba referenciado concurso abreviado voluntario 99/2021, con Número
de Identificación General 15030 47 1 2021 0000199, relativo al deudor Suso Añón
Peluqueros, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-15447501,
domiciliada en calle Real, número 150, bajo, en Ferrol, A Coruña, se ha dictado en
fecha 12 de marzo de 2021, el auto de declaración de concurso en el que se
acordó:
"Dispongo:
1.- Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la
solicitud de concurso voluntario, presentada por la procuradora doña Marta Pereira
de Vicente, en nombre y representación de Suso Añón Peluqueros, Sociedad
Limitada, con Código de Identificación Fiscal B 15447501, domiciliada en calle
Real, número 150, de Ferrol, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña en el
Tomo 1453 del Archivo, Sección General, folio 27, hoja C-10862.
2.- Declaro en situación legal de concurso voluntario a la entidad Suso Añón
Peluqueros, Sociedad Limitada.
3.- Su tramitación seguirá las reglas del Procedimiento Abreviado.
4.- Se acuerda la intervención de las facultades de administración y disposición
del deudor sobre su patrimonio.
5.- La administración concursal, con las facultades determinadas en el
apartado anterior, estará integrada por: Díaz Delgado Abogados, Sociedad
Limitada Profesional, con domicilio profesional en calle Emilia Pardo Bazán,
número 22, planta 1, de A Coruña, teléfono 981122285, correo electrónico
cdiaz@abogados-consultores.es.
6.- Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, 251, 255 y 256
del Texto Refundido Ley Concursal, a todos los acreedores del concursado, para
que en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del
correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado.
La Administración Concursal tiene un mes desde la aceptación para presentar
el informe provisional –artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal -, sin perjuicio
de la prórroga ya otorgada, prevista en el artículo291.1 Texto Refundido Ley
Concursal hasta cinco días después de la expiración del plazo de comunicación de
créditos, si transcurrido el plazo señalado no hubiera finalizado el periodo para la
comunicación de créditos legalmente previsto.
cve: BOE-B-2021-20777
Verificable en https://www.boe.es
7.- Hágase saber a la administración concursal que el plazo para la
presentación del informe es de un mes, de conformidad con el artículo 525 Texto
Refundido Ley Concursal. El inventario de bienes y derechos de la masa activa
deberá ser presentado dentro de los quince días siguientes a la aceptación del
cargo (artículo 525 Texto Refundido Ley Concursal).