IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20663)
VIGO
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26726
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20663
VIGO
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
HAGO SABER:
Que en la Sección I Declaración Concurso 18/2021, seguida en este Juzgado,
con NIG: 36038 47 1 2021 0300064, se ha dictado con fecha 5 de abril de 2021
Auto acordando lo siguiente:
1.º-Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de los deudores D.
José Carlos Blanco Domínguez con DNI nº 76.993.344-Q- y Dª. María Julia Prado
Borrajo con DNI nº 36.107.270-F-, Couto de San Honorato, nº12, 3ºC, de Vigo
(Pontevedra).
2.º-Se ha acordado abrir la fase de liquidación.
3.º-Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su
patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la
administración concursal designada al efecto.
4.º-La Administración concursal está integrada por el abogado D. Alberto
García-Pombo Fernández, con DNI n.º 32.761.998-Q-, y domicilio a efectos de
notificaciones en Rúa Castelao, n.º 7, 6.º B, de Pontevedra (CP 36001), teléfono
986.862.663 y correo electrónico concursalmediador@gmail.com
5.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252,253 y 254 del TRLC.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su
dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de
publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el
acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite
representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás
datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,
cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se
pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a
que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o
una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas
comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del
título o de los documentos relativos al crédito.
7.º-De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección
electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la
siguiente: www.publicidadconcursal.es
Vigo, 5 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa
Sánchez Garrido.
ID: A210025745-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-20663
Verificable en https://www.boe.es
6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 512 del TRLC).
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26726
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20663
VIGO
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia,
del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
HAGO SABER:
Que en la Sección I Declaración Concurso 18/2021, seguida en este Juzgado,
con NIG: 36038 47 1 2021 0300064, se ha dictado con fecha 5 de abril de 2021
Auto acordando lo siguiente:
1.º-Declarar el concurso consecutivo voluntario abreviado de los deudores D.
José Carlos Blanco Domínguez con DNI nº 76.993.344-Q- y Dª. María Julia Prado
Borrajo con DNI nº 36.107.270-F-, Couto de San Honorato, nº12, 3ºC, de Vigo
(Pontevedra).
2.º-Se ha acordado abrir la fase de liquidación.
3.º-Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su
patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la
administración concursal designada al efecto.
4.º-La Administración concursal está integrada por el abogado D. Alberto
García-Pombo Fernández, con DNI n.º 32.761.998-Q-, y domicilio a efectos de
notificaciones en Rúa Castelao, n.º 7, 6.º B, de Pontevedra (CP 36001), teléfono
986.862.663 y correo electrónico concursalmediador@gmail.com
5.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 252,253 y 254 del TRLC.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su
dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de
publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el
acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite
representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás
datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,
cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se
pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a
que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o
una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas
comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del
título o de los documentos relativos al crédito.
7.º-De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal la dirección
electrónica del Registro Público Concursal que traigan causa del concurso es la
siguiente: www.publicidadconcursal.es
Vigo, 5 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa
Sánchez Garrido.
ID: A210025745-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-20663
Verificable en https://www.boe.es
6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el
procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a
(artículo 512 del TRLC).