II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2021-6901)
Resolución de 22 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Agentes del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación y Marítima.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 50129
especializado, las aptitudes intelectuales mediante la aplicación de pruebas de
inteligencia general, de razonamiento y de aprendizaje así como el perfil de
personalidad, por medio de pruebas que exploren las características de personalidad y
de motivación.
Las aptitudes intelectuales se valorarán mediante la contestación por escrito a uno o
varios cuestionarios-test de entre 50 y 70 preguntas con respuestas múltiples, en un
tiempo máximo total de 50 minutos. En el/los cuestionarios test de evaluación de las
aptitudes intelectuales, las respuestas incorrectas serán penalizadas.
Para valorar el perfil de personalidad deberá contestarse por escrito a un
cuestionario de entre 165 y 185 preguntas, en un tiempo máximo de 50 minutos, que el
Tribunal determinará dentro de dicho límite para cada especialidad y en relación con el
número de preguntas del cuestionario correspondiente. El Tribunal, con el asesoramiento
del personal especializado, podrá decidir que esta prueba se complemente con una
entrevista personal, en el caso de que resulte necesario para determinar la idoneidad de
la capacidad funcional de algún o algunos aspirantes, pudiéndose solicitar a estos
efectos, previamente, la cumplimentación de un cuestionario personal.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal calificador,
deberá publicar, con anterioridad a su realización, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
Los aspirantes a las plazas de la Especialidad Marítima reservadas al personal de
Tropa y Marinería estarán exentos de realizar este segundo ejercicio.
3.
Tercer ejercicio:
Constará de dos partes a realizar en una o en varias sesiones, siendo cada una de
ellas eliminatorias.
3.1
3.1.1
Primera parte: Supuesto teórico-práctico.
Especialidad de Investigación.
Consistirá en el desarrollo de un supuesto teórico-práctico sobre «Legislación
Aduanera» y «Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho Procesal»
(anexos III.1.4 y III.2), con objeto de valorar los conocimientos teórico/prácticos del
candidato, así como las aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas. El
ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro
del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el
lenguaje escrito.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de dos horas.
Especialidad Marítima.
Consistirá en el desarrollo de un supuesto teórico-práctico sobre «Derecho Penal,
Legislación de Contrabando y Derecho Procesal» (anexo II.2), que además incluirá,
cuestiones relativas al desempeño de funciones prácticas de marinero abordo, como
notificación de la demora y/o marcación aproximada de señales acústicas, luces u otros
objetos o avistamientos, en grados o cuartas, Reglamento Internacional para la
Prevención de abordajes, Código Internacional de Señales, cumplimiento de las ordenes
al timonel en español e inglés, maniobras de atraque con cabos desde la proa y popa del
buque, utilización de los nudos más comunes abordo y utilización de los equipos de
emergencia abordo, con objeto de valorar los conocimientos teórico/prácticos del
candidato, así como las aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas. El
ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del
Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de dos horas.
cve: BOE-A-2021-6901
Verificable en https://www.boe.es
3.1.2
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 50129
especializado, las aptitudes intelectuales mediante la aplicación de pruebas de
inteligencia general, de razonamiento y de aprendizaje así como el perfil de
personalidad, por medio de pruebas que exploren las características de personalidad y
de motivación.
Las aptitudes intelectuales se valorarán mediante la contestación por escrito a uno o
varios cuestionarios-test de entre 50 y 70 preguntas con respuestas múltiples, en un
tiempo máximo total de 50 minutos. En el/los cuestionarios test de evaluación de las
aptitudes intelectuales, las respuestas incorrectas serán penalizadas.
Para valorar el perfil de personalidad deberá contestarse por escrito a un
cuestionario de entre 165 y 185 preguntas, en un tiempo máximo de 50 minutos, que el
Tribunal determinará dentro de dicho límite para cada especialidad y en relación con el
número de preguntas del cuestionario correspondiente. El Tribunal, con el asesoramiento
del personal especializado, podrá decidir que esta prueba se complemente con una
entrevista personal, en el caso de que resulte necesario para determinar la idoneidad de
la capacidad funcional de algún o algunos aspirantes, pudiéndose solicitar a estos
efectos, previamente, la cumplimentación de un cuestionario personal.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal calificador,
deberá publicar, con anterioridad a su realización, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
Los aspirantes a las plazas de la Especialidad Marítima reservadas al personal de
Tropa y Marinería estarán exentos de realizar este segundo ejercicio.
3.
Tercer ejercicio:
Constará de dos partes a realizar en una o en varias sesiones, siendo cada una de
ellas eliminatorias.
3.1
3.1.1
Primera parte: Supuesto teórico-práctico.
Especialidad de Investigación.
Consistirá en el desarrollo de un supuesto teórico-práctico sobre «Legislación
Aduanera» y «Derecho Penal, Legislación de Contrabando y Derecho Procesal»
(anexos III.1.4 y III.2), con objeto de valorar los conocimientos teórico/prácticos del
candidato, así como las aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas. El
ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro
del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el
lenguaje escrito.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de dos horas.
Especialidad Marítima.
Consistirá en el desarrollo de un supuesto teórico-práctico sobre «Derecho Penal,
Legislación de Contrabando y Derecho Procesal» (anexo II.2), que además incluirá,
cuestiones relativas al desempeño de funciones prácticas de marinero abordo, como
notificación de la demora y/o marcación aproximada de señales acústicas, luces u otros
objetos o avistamientos, en grados o cuartas, Reglamento Internacional para la
Prevención de abordajes, Código Internacional de Señales, cumplimiento de las ordenes
al timonel en español e inglés, maniobras de atraque con cabos desde la proa y popa del
buque, utilización de los nudos más comunes abordo y utilización de los equipos de
emergencia abordo, con objeto de valorar los conocimientos teórico/prácticos del
candidato, así como las aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas. El
ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del
Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de dos horas.
cve: BOE-A-2021-6901
Verificable en https://www.boe.es
3.1.2