III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6941)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Dirección General de Análisis Macroeconómico, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 50869
La Dirección General de Análisis Macroeconómico recibirá las siguientes
contraprestaciones:
– Los profesionales asignados a las tutorías de los estudiantes serán tutores
profesionales, lo que se podrá certificar por parte del secretario del Centro de la UAM
correspondiente.
– Los tutores profesionales tendrán derecho a ser informados acerca de la normativa
que regula las prácticas externas.
– Los tutores profesionales, durante el curso académico en que desarrollen su labor
de tutorización, tendrán acceso a todos los servicios de la UAM, en iguales condiciones
que los miembros de AlumniUAM (acceso al servicio de biblioteca, acceso al servicio de
deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos, utilización de la fonoteca, acceso a
actividades culturales, entre otras). En todo caso, cualquier tutor profesional podrá, de
forma permanente, ser miembro de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se
establecen en el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/haztealumniuam). Asimismo, el Centro de la UAM correspondiente podrá organizar,
individualmente o en colaboración con otras entidades, actividades de formación
dirigidas a los tutores profesionales.
– A partir del segundo año de colaboración como tutor profesional y considerando su
labor, a propuesta del mencionado Centro y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno
de la UAM, podrá recibir el nombramiento de Profesor Honorario de la UAM.
– En lo no previsto en la presente estipulación se estará a los artículos 11, 12 y 13
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, respecto de los tutores.
Sexta.
Obligaciones de la Universidad Autónoma de Madrid.
La UAM, en relación a las prácticas externas, asume las siguientes obligaciones:
– Publicitar la vacante ofertada por la Dirección General de Análisis
Macroeconómico para el desarrollo de prácticas académicas externas.
– Supervisar tales prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, nombrando de entre su profesorado un tutor
académico que tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico del
estudiante, así como el proceso de evaluación.
– Establecer los sistemas de evaluación de las prácticas externas y de los
estudiantes que en ellas participen.
– Informar a los estudiantes que participen en este Convenio de los compromisos
que adquieren por ello.
– En lo no previsto en la presente estipulación se estará a los artículos 11, 12 y 13
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, respecto de los tutores.
Séptima.
Derechos de los estudiantes en prácticas.
– A la tutela, durante el período de duración de las correspondientes prácticas, por
un profesor de la Universidad y por un profesional que preste servicios en la Dirección
General de Análisis Macroeconómico.
– A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos en la Universidad.
– A la obtención de un informe por parte de la Dirección General de Análisis
Macroeconómico donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
cve: BOE-A-2021-6941
Verificable en https://www.boe.es
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos:
Núm. 101
Miércoles 28 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 50869
La Dirección General de Análisis Macroeconómico recibirá las siguientes
contraprestaciones:
– Los profesionales asignados a las tutorías de los estudiantes serán tutores
profesionales, lo que se podrá certificar por parte del secretario del Centro de la UAM
correspondiente.
– Los tutores profesionales tendrán derecho a ser informados acerca de la normativa
que regula las prácticas externas.
– Los tutores profesionales, durante el curso académico en que desarrollen su labor
de tutorización, tendrán acceso a todos los servicios de la UAM, en iguales condiciones
que los miembros de AlumniUAM (acceso al servicio de biblioteca, acceso al servicio de
deportes, acceso al abono del ciclo de conciertos, utilización de la fonoteca, acceso a
actividades culturales, entre otras). En todo caso, cualquier tutor profesional podrá, de
forma permanente, ser miembro de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se
establecen en el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/haztealumniuam). Asimismo, el Centro de la UAM correspondiente podrá organizar,
individualmente o en colaboración con otras entidades, actividades de formación
dirigidas a los tutores profesionales.
– A partir del segundo año de colaboración como tutor profesional y considerando su
labor, a propuesta del mencionado Centro y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno
de la UAM, podrá recibir el nombramiento de Profesor Honorario de la UAM.
– En lo no previsto en la presente estipulación se estará a los artículos 11, 12 y 13
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, respecto de los tutores.
Sexta.
Obligaciones de la Universidad Autónoma de Madrid.
La UAM, en relación a las prácticas externas, asume las siguientes obligaciones:
– Publicitar la vacante ofertada por la Dirección General de Análisis
Macroeconómico para el desarrollo de prácticas académicas externas.
– Supervisar tales prácticas externas, estableciendo los mecanismos adecuados
para su seguimiento y evaluación, nombrando de entre su profesorado un tutor
académico que tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico del
estudiante, así como el proceso de evaluación.
– Establecer los sistemas de evaluación de las prácticas externas y de los
estudiantes que en ellas participen.
– Informar a los estudiantes que participen en este Convenio de los compromisos
que adquieren por ello.
– En lo no previsto en la presente estipulación se estará a los artículos 11, 12 y 13
del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, respecto de los tutores.
Séptima.
Derechos de los estudiantes en prácticas.
– A la tutela, durante el período de duración de las correspondientes prácticas, por
un profesor de la Universidad y por un profesional que preste servicios en la Dirección
General de Análisis Macroeconómico.
– A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos en la Universidad.
– A la obtención de un informe por parte de la Dirección General de Análisis
Macroeconómico donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
cve: BOE-A-2021-6941
Verificable en https://www.boe.es
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos: