II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-6826)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 49401

e) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que se señalan en
el punto 3.2 de la base tercera.
4.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de los interesados.
4.8 Las fechas de los anteriores documentos, deberán estar referidas siempre a
una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación del
mismo.
5.

Admisión de aspirantes

5.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad
de Castilla-La Mancha dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de
admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión.
5.2 Esta resolución será publicada en la aplicación de convocatorias https://
convocatorias.rrhh.uclm.es/index.aspx?t=3, y contra la misma se podrá presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente al de publicación de la lista.
5.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas en el plazo
máximo de quince días hábiles el Rector dictará resolución aprobando la lista definitiva
de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma anteriormente
mencionada, surtirá los efectos de notificación a los interesados.
5.4 En aplicación del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de
las listas surtirá los efectos de la notificación cuando se trate de actos integrantes de un
procedimiento selectivo, como es el caso.
6.

Comisiones

6.1 Los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios serán
resueltos en la Universidad de Castilla-La Mancha por las comisiones que se especifican
en el anexo III, aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno, y constituidas de
acuerdo con lo establecido en el artículo 108 de los Estatutos de la Universidad de
Castilla-La Mancha.
6.2 Las Comisiones deberán constituirse, por convocatoria de su Presidente, en un
plazo no superior a tres meses, a contar desde la publicación de la convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
6.3 Con una antelación mínima de diez días naturales al cumplimiento del plazo
establecido en el apartado 6.2, el Presidente de la Comisión, previa consulta a los
restantes miembros de la misma, dictará una resolución convocando a todos los
miembros titulares de la Comisión, y en su caso a los suplentes necesarios, para
efectuar el acto de constitución de la misma. En dicha citación, que deberá ser notificada
por medios electrónicos, se indicará el día, hora y lugar en el que tendrá lugar el acto de
constitución.
6.4 Con la misma antelación señalada en el apartado anterior, el Presidente deberá
convocar a todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el
acto de presentación. En la citación, notificada al correo electrónico facilitado por los
candidatos en su solicitud, se indicará el día, lugar y hora de celebración de dicho acto. A
estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión
y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de dos días hábiles.
6.5 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación. La apreciación de la causa
alegada corresponderá al Rector/a, que deberá resolver en el plazo de cinco días, a
contar desde la recepción de la renuncia, actuándose a continuación, en su caso, según
el procedimiento establecido en el apartado 6.7.

cve: BOE-A-2021-6826
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