IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20457)
MÁLAGA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Martes 27 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 26441

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20457

MÁLAGA

Doña Ana Isabel del Pozo Aguilar, Letrada de la Admon. de Justicia del
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, hago saber:
Que en este Juzgado de lo Mercantil se tramita procedimiento de Jurisdicción
voluntaria 233/2021 instado por Esmica Azul, S.L., frente a Gerardo Rojas Pedrera,
María Pilar Rubio García y D. Francisco Hernández Martín en el que se ha dictado
con fecha 23/03/2021 Decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Dispongo: Incoar expediente de jurisdicción voluntaria a instancia del
Procurador sr. José Antonio López Guerrero, en nombre de Esmica Azul, S.L.,
para la adopción de medidas previstas en la legislación mercantil, en calidad de
tenedor, por sustracción/robo de letra de cambio Clase 2.ª, serie 0A, número
0193454, por importe de noventa y cinco mil cuatrocientos euros (95.400,00 €),
librada el 12 de mayo de 2008 y vencimiento el día 12 de noviembre de 2008.
Publíquese mediante edictos la parte dispositiva de la presente resolución en el
Boletín Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia
de Málaga, facultando para su diligenciado a la representación procesal de la
solicitante a la que se hará entrega de los oportunos Edicto y Oficio.
Cítese al solicitante del presente expediente a:
1.- D. Gerardo Rojas Pedrera, con domicilio en Parla (Madrid), C/ Río Duero,
n.º 1.
2 y 3.- Doña María Pilar Rubio García y D. Francisco Hernández Martín, ambos
con domicilio en Estepona (Málaga), Lug. Resinera Boladilla, n.º 1.326.
A fin de que comparezcan a la comparecencia que tendrá lugar el día 14 de
mayo de 2021 a las 10:30 horas en esta Oficina Judicial sita en Ciudad de la
Justicia C/ Fiscal Luis Portero García, s/n, Málaga
A las partes citadas y a aquellos que a consecuencia de los edictos acrediten
un interés legítimo para comparecer se les hace saber que:

2.- Los interesados deberán acudir a la comparecencia con los medios de
prueba de que intenten valerse (art. 17.3 LJVOL).
3.- Si el solicitante no asistiere a la comparecencia, el Secretario Judicial
acordará el archivo del expediente, teniéndole por desistido del mismo. Si no
asistiese alguno de los demás citados, se celebrará el acto y continuará el
expediente, sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga.(art.
18.2.1.ª JLVOL).

cve: BOE-B-2021-20457
Verificable en https://www.boe.es

1.- Si alguno de los interesados fuera a formular oposición, deberá hacerlo en
los 5 días siguientes a su citación, y no se hará contencioso el expediente, ni
impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley
expresamente lo prevea. Del escrito de oposición se dará traslado a la parte
solicitante inmediatamente (art. 17.3 LJVOL).