IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20416)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Martes 27 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 26399

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

20416

ALICANTE

Edicto.
Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,
Hago saber: Que por auto de fecha 3/10/2019 dictado en el procedimiento n.º
2060/17 del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Elche y que se ha acumulado al
presente concurso número 130/2021, seguido ante este Juzgado de lo Mercantil
n.º 3 de Elche, en virtud del auto de inhibición de fecha 2 de febrero de 2021,
dictado por el Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Elche y N.I.G. 03065-66-12021-0000082, se ha declarado en concurso consecutivo abreviado [CNA] a los
deudores doña Manuela Mena González y don Celestino Díaz Hernández, con
domicilios ambos en Partida del Boch,69, Crevillente, y DNI n.º 06561001K y
06544624C, respectivamente, inscritos en el Registro Civil de Barco de Ávila al
tomo 35, página 163-164 y Don Benito (Badajoz), al tomo 151, página 327,
respectivamente, representados ambos por el procurador don Juan Bautista
Castaño López.
Facultades del concursado: Suspendido
Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Antonio Rodríguez
Villanueva, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante con domicilio
postal para notificaciones: en Elda en la calle Dahellos, número 6, 1.º, teléfono 965
39 43 83, fax 965 39 43 92; dirección de correo electrónica para notificaciones y
comunicaciones de crédito: aro@serade.com; y domicilio postal para que los
acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85
de la Ley Concursal: en Elda, en la c/ Dahellos número 6, 1.º, teléfono 965 39 43
83, fax 965 39 43 92.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada
deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones
indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación del presente B.O.E.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y
Procurador.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede
a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 413 del TRLC
de la Ley Concursal.
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración
de concurso conforme al artículo 552 del TRLC.
Elche, 21 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge
Cuéllar Otón.
ID: A210025329-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-20416
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Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir
personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos
documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por
medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de
personación.