III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-6761)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 49098
Finalización de vigencia del Convenio anterior.
Una vez el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior Convenio suscrito
entre las partes en fecha 4 de marzo de 2019, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente convenio sustituirá en su totalidad al
extinto convenio firmado por las partes en fecha 4 de marzo de 2019.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el Convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
Convenio.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
Ricardo Mairal Usón.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Novena del Convenio, la comisión de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
– La Subdirectora General y el Subdirector Adjunto de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
Por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED):
cve: BOE-A-2021-6761
Verificable en https://www.boe.es
– El Gerente.
– La Directora de Asesoría Jurídica.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 49098
Finalización de vigencia del Convenio anterior.
Una vez el presente Convenio adquiera eficacia jurídica, de conformidad con la
cláusula quinta, quedará resuelto, liquidado y extinguido el anterior Convenio suscrito
entre las partes en fecha 4 de marzo de 2019, sin necesidad de realizar liquidación
adicional alguna. En consecuencia, el presente convenio sustituirá en su totalidad al
extinto convenio firmado por las partes en fecha 4 de marzo de 2019.
El pago de las cantidades pendientes correspondientes al cuatrimestre en curso en la
fecha que el Convenio adquiera eficacia jurídica se efectuará con cargo al presente
convenio.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
Convenio.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado,
Consuelo Castro Rey.–El Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
Ricardo Mairal Usón.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Novena del Convenio, la comisión de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
Por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado:
– La Subdirectora General y el Subdirector Adjunto de Coordinación, Auditoría y de
Gestión del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la
referida Subdirección.
Por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED):
cve: BOE-A-2021-6761
Verificable en https://www.boe.es
– El Gerente.
– La Directora de Asesoría Jurídica.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X