III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-6776)
Resolución de 20 de abril de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Espacio de Investigaciones Feministas, para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales que contribuyan a la construcción de un nuevo paradigma institucional en el campo de la intervención cultural y la producción de pensamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 49166
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
12.1 El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
12.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la
Cláusula precedente. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las
cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman este documento.–Por el MNCARS, el
Director, Manuel J. Borja Villel.–Por el EIF, la Presidenta, Débora Ávila Cantos.
cve: BOE-A-2021-6776
Verificable en https://www.boe.es
Este Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS Abogacía General del
Estado con fecha de 25 de noviembre de 2020 y autorizado por el Ministerio de
Hacienda con fecha 11 de febrero de 2021.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 49166
Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.
12.1 El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
12.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la
Cláusula precedente. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las
cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman este documento.–Por el MNCARS, el
Director, Manuel J. Borja Villel.–Por el EIF, la Presidenta, Débora Ávila Cantos.
cve: BOE-A-2021-6776
Verificable en https://www.boe.es
Este Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS Abogacía General del
Estado con fecha de 25 de noviembre de 2020 y autorizado por el Ministerio de
Hacienda con fecha 11 de febrero de 2021.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X