II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Destinos. (BOE-A-2021-6680)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 4 de marzo de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. II.A. Pág. 48190
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
6680
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por
Resolución de 4 de marzo de 2021.
Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1 a) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según
redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior,
cumplidas las bases de la convocatoria del concurso, valorados los méritos alegados por los
aspirantes a los puestos convocados y teniendo en cuenta la propuesta elaborada por la
Comisión de Valoración,
Esta Agencia acuerda resolver el concurso, de conformidad con los siguientes apartados:
Primero.
Adjudicar los destinos que se relacionan en el Anexo I, a los funcionarios que se
mencionan en los mismos.
Segundo.
Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán
irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado
obtenga otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar
por uno de estos destinos, vendrá obligado a comunicar por escrito la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en el que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de
acuerdo al apartado 5.º de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora de la
Agencia de Protección de Datos que dictó esta resolución.
Madrid, 19 de abril de 2021.–La Directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, Mar España Martí.–La Secretaria General de la Agencia Española de Protección
de Datos, Mónica Bando Munugarren.
cve: BOE-A-2021-6680
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. II.A. Pág. 48190
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
6680
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por
Resolución de 4 de marzo de 2021.
Una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1 a) y c) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según
redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior,
cumplidas las bases de la convocatoria del concurso, valorados los méritos alegados por los
aspirantes a los puestos convocados y teniendo en cuenta la propuesta elaborada por la
Comisión de Valoración,
Esta Agencia acuerda resolver el concurso, de conformidad con los siguientes apartados:
Primero.
Adjudicar los destinos que se relacionan en el Anexo I, a los funcionarios que se
mencionan en los mismos.
Segundo.
Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y, en consecuencia,
no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán
irrenunciables salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado
obtenga otro destino, bien por el procedimiento de libre designación o por concurso
convocado por otros Departamentos o Comunidades Autónomas, en cuyo caso, de optar
por uno de estos destinos, vendrá obligado a comunicar por escrito la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en el que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio
activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de
acuerdo al apartado 5.º de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora de la
Agencia de Protección de Datos que dictó esta resolución.
Madrid, 19 de abril de 2021.–La Directora de la Agencia Española de Protección de
Datos, Mar España Martí.–La Secretaria General de la Agencia Española de Protección
de Datos, Mónica Bando Munugarren.
cve: BOE-A-2021-6680
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.