II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado. (BOE-A-2021-6685)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 48255
quedasen desiertas se acumularán a las del turno general de este sistema de promoción
interna.
Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de acceso.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo («Boletín Oficial del Estado» del 15 de abril), se consideran independientes
ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de
promoción interna que, en su caso, quedarán vacantes, no podrán acumularse a las del
sistema de acceso libre.
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, de acuerdo
con las fases, ejercicios, valoraciones, y programas que se especifican en los Anexos I y II.
2.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos de cada proceso. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado» con la relación de aspirantes excluidos, se indicarán los lugares en los que
se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación, así como el
lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
2.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra «B» según lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
2.4 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de doce meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de
cuatro meses desde la publicación de esta convocatoria.
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en las direcciones de internet que se
indican en la base 2.12, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en
la sede del Tribunal calificador señalada en la base 6.8, así como por cualquier otro
medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
2.6 Los aspirantes serán convocados a cada prueba en único llamamiento, siendo
excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, salvo lo previsto en la
base 8.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios de este proceso podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos.
2.7 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo, que será
común para ambos sistemas de acceso. Para la realización de este curso selectivo, los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
2.8 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas por cada sistema de acceso.
2.10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
de 2 de octubre), los aspirantes que superen el proceso selectivo deberán solicitar
destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
cve: BOE-A-2021-6685
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 48255
quedasen desiertas se acumularán a las del turno general de este sistema de promoción
interna.
Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de acceso.
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo («Boletín Oficial del Estado» del 15 de abril), se consideran independientes
ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de
promoción interna que, en su caso, quedarán vacantes, no podrán acumularse a las del
sistema de acceso libre.
2.
Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, de acuerdo
con las fases, ejercicios, valoraciones, y programas que se especifican en los Anexos I y II.
2.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos de cada proceso. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado» con la relación de aspirantes excluidos, se indicarán los lugares en los que
se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación, así como el
lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
2.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos
cuyo apellido comience por la letra «B» según lo establecido en la Resolución de la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública de 21 de julio de 2020
(«Boletín Oficial del Estado» de 24 de julio).
2.4 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de doce meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de
cuatro meses desde la publicación de esta convocatoria.
2.5 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en las direcciones de internet que se
indican en la base 2.12, en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en
la sede del Tribunal calificador señalada en la base 6.8, así como por cualquier otro
medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
2.6 Los aspirantes serán convocados a cada prueba en único llamamiento, siendo
excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, salvo lo previsto en la
base 8.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios de este proceso podrán
coincidir con las de otros procesos selectivos.
2.7 El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo, que será
común para ambos sistemas de acceso. Para la realización de este curso selectivo, los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
2.8 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.
2.9 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas por cada sistema de acceso.
2.10 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
de 2 de octubre), los aspirantes que superen el proceso selectivo deberán solicitar
destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
cve: BOE-A-2021-6685
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 99