IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-20085)
OVIEDO
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 25985
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20085
OVIEDO
D.ª Ana Buelga Amieva, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de Primera Instancia n.º 4 de Oviedo, por el presente, hago saber:
1°. Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º 930/2020 y
NIG n.º 33044 42 1 2020 0009430 se ha dictado en fecha 15/02/2021 auto de
declaración en situación de concurso consecutivo, del deudor David Burgos
González, con DNI 71. 648. 829-B, con domicilio en Oviedo, en la calle Fuertes
Acevedo n.º 3, 10 G, C.P. 33006, de Oviedo y domicilio a efectos de notificaciones
en Avda. de Galicia número 7, 10 derecha, de Oviedo.
2°. Se ha acordado la suspensión del ejercicio por parte del concursado de las
facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que quedan
intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su
autorización y conformidad.
Se ha designado, como administración concursal a D. Antonio González-Busto
Múgica, con domicilio profesional en Oviedo, calle de Pedro Antonio Menéndez,
núm. 2, esc. 2, entlo. A, C.P. 33004, teléfono 985 96 26 26 y dirección electrónica:
abogados@gonzalez-busto.es, señalada para que los acreedores, a su elección,
efectúen la comunicación de créditos.
3º. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia
de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la
LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de
un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y
procurador.
4º. No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este
Juzgado, ni en la Oficina de Registro del Decanato.
5º. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina
Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos e informes que consten
sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que
autoricen al efecto, sin necesidad de personación.
Oviedo, 14 de abril de 2021.- Letrada de la Adminsitración de Justicia, Ana
Buelga Amieva.
ID: A210024920-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-20085
Verificable en https://www.boe.es
6º. Solicitada la liquidación del deudor se procede a la apertura de la misma
con todos los efectos que previene la Ley Concursal.
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 25985
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
20085
OVIEDO
D.ª Ana Buelga Amieva, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de Primera Instancia n.º 4 de Oviedo, por el presente, hago saber:
1°. Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º 930/2020 y
NIG n.º 33044 42 1 2020 0009430 se ha dictado en fecha 15/02/2021 auto de
declaración en situación de concurso consecutivo, del deudor David Burgos
González, con DNI 71. 648. 829-B, con domicilio en Oviedo, en la calle Fuertes
Acevedo n.º 3, 10 G, C.P. 33006, de Oviedo y domicilio a efectos de notificaciones
en Avda. de Galicia número 7, 10 derecha, de Oviedo.
2°. Se ha acordado la suspensión del ejercicio por parte del concursado de las
facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que quedan
intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su
autorización y conformidad.
Se ha designado, como administración concursal a D. Antonio González-Busto
Múgica, con domicilio profesional en Oviedo, calle de Pedro Antonio Menéndez,
núm. 2, esc. 2, entlo. A, C.P. 33004, teléfono 985 96 26 26 y dirección electrónica:
abogados@gonzalez-busto.es, señalada para que los acreedores, a su elección,
efectúen la comunicación de créditos.
3º. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia
de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la
LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de
un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial
del Estado.
Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y
procurador.
4º. No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este
Juzgado, ni en la Oficina de Registro del Decanato.
5º. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina
Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos e informes que consten
sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que
autoricen al efecto, sin necesidad de personación.
Oviedo, 14 de abril de 2021.- Letrada de la Adminsitración de Justicia, Ana
Buelga Amieva.
ID: A210024920-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-20085
Verificable en https://www.boe.es
6º. Solicitada la liquidación del deudor se procede a la apertura de la misma
con todos los efectos que previene la Ley Concursal.