IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-20137)
BARCELONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26037
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20137
BARCELONA
Doña M. José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona,
Hago saber: Que en el Concurso consecutivo 340/2019 se dictó un auto por el
que se ha declarado concluso el concurso de MARÍA JESÚS CONCEPCIÓN
VERA GARCÍA, con NIF 50293478E, con domicilio en Calle PI 56, 08025 Sant
Pere de Vilamajor, y se ha acordado la concesión de beneficio de exoneración del
pasivo insatisfecho.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de
administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento,
salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 16 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.
José Hompanera González.
cve: BOE-B-2021-20137
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210025200-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 26037
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
20137
BARCELONA
Doña M. José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona,
Hago saber: Que en el Concurso consecutivo 340/2019 se dictó un auto por el
que se ha declarado concluso el concurso de MARÍA JESÚS CONCEPCIÓN
VERA GARCÍA, con NIF 50293478E, con domicilio en Calle PI 56, 08025 Sant
Pere de Vilamajor, y se ha acordado la concesión de beneficio de exoneración del
pasivo insatisfecho.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno
(art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de
administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento,
salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 16 de abril de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.
José Hompanera González.
cve: BOE-B-2021-20137
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210025200-1
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