III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-6653)
Resolución de 8 de abril de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Cercle d'Economía, para la colaboración en la organización del Ciclo de Humanidades en su edición de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 48089

A fin de establecer su mutua colaboración, las partes acuerdan suscribir el presente
Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

1.1 El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las
Partes para la organización del Ciclo de Humanidades en su edición de 2021.
1.2 El Ciclo se desarrollará durante 2021, previsiblemente, en los días 7, 14, 21
y 28 de abril Las anteriores fechas, podrán modificarse por acuerdo de las partes y
dentro del periodo de vigencia del Convenio.
1.3 Las actividades programadas se realizarán en la modalidad on-line.
Segunda.

Compromisos de las partes.

2.1 EL Cercle d’Economia se compromete a organizar, coordinar y supervisar el
adecuado desarrollo del Ciclo, aportando todos los medios materiales y personales
necesarios para ello, y asumiendo todos los gastos asociados. El valor, meramente
estimado, de estos gastos es de 3.000 euros.
Para el cumplimiento de sus compromisos, el Cercle d’Economia podrá contar con el
apoyo de patrocinadores propios.
El Cercle d’Economia podrá hacer difusión del ciclo a través de material divulgativo.
Exclusivamente con tal finalidad, el Cercle d’Economia podrá hacer uso del logotipo
institucional del MNCARS. La referencia al MNCARS y la inclusión de su logotipo
institucional en el material divulgativo requerirá la previa y expresa autorización del
MNCARS. En todo caso, se someterá a previa y expresa autorización del MNCARS
(departamento de patrocinio), la inclusión de logotipos y/o menciones de terceros
patrocinadores o colaboradores en el material de difusión del Ciclo y en los soportes
informativos. Será motivo para denegar la autorización, sin perjuicio de otras razones, el
posible conflicto con patrocinadores o colaboradores propios del MNCARS, por motivos
de exclusividad o de pertenencia a un mismo sector de actividad.
2.2 Por su parte, el MNCARS se compromete a dirigir el Ciclo: proponiendo sus
contenidos y sus participantes.
Asimismo, en el marco de la colaboración y como parte del ciclo, el Director del
MNCARS realizará una sesión introductoria, así como una intervención al final del ciclo
con las conclusiones, por las que no recibirá ninguna retribución.
Las obligaciones adquiridas por el MNCARS en virtud del presente Convenio, no
generan ningún gasto y no conllevan la ejecución de aportaciones presupuestarias.

3.1 Para el seguimiento del efectivo cumplimiento del presente Convenio se podrá
constituir, por acuerdo de las partes, una Comisión paritaria mixta, integrada por dos
representantes de cada una de las Partes, designados a tal efecto, y a la que
corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo, así como la
resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste
pudieran derivarse.
3.2 Una vez constituida, por común acuerdo de las partes, la Comisión, se reunirá
tantas veces como sus miembros estimen conveniente y aprobará sus normas internas
de funcionamiento.
Cuarta.

Vigencia.

4.1 El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de 5 días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e

cve: BOE-A-2021-6653
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.