III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6638)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Segunda.
Sec. III. Pág. 47987
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y las
disponibilidades de estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de
estudiantes para cada ejercicio académico (en ningún caso más de tres) que pueden
realizar las prácticas en el Ministerio.
La Universidad asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria
de prácticas objeto del presente Convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así
como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la
dirección y coordinación del responsable de prácticas externas de la Universidad.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá seleccionar, para realizar las
prácticas en el Ministerio, entre los estudiantes de la Universidad que presenten la
solicitud.
Tercera.
Desarrollo de las prácticas.
El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente Convenio y el Programa que se desarrolle en cada caso concreto para los
alumnos según sus perfiles, se recogerá en un anexo, que se incorporará al Convenio,
de acuerdo con lo establecido en el modelo que forma parte del presente Convenio.
En dicho anexo se establecerá entre otros, los datos referentes al estudiante,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor de la Universidad Carlos III de Madrid y el tutor
designado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el proyecto formativo
objeto de la práctica a realizar por el estudiante, las condiciones de rescisión anticipada
de la práctica y la protección de sus datos.
El anexo relativo al Programa de Prácticas, será firmado tanto por la Universidad
Carlos III de Madrid como por el representante del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo y por el estudiante.
Cuarta.
Dirección y supervisión de las prácticas.
Quinta.
Relación del estudiante con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ni se integrará dentro de la
estructura del mismo.
cve: BOE-A-2021-6638
Verificable en https://www.boe.es
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta del tutor
académico de la Universidad Carlos III de Madrid y del tutor del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo.
El tutor del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo establecerá las tareas a llevar
a cabo por el estudiante, supervisará y orientará las actividades del estudiante y realizará
un informe final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en
prácticas en el Ministerio, que remitirá al tutor académico de la Universidad.
El estudiante será evaluado por las prácticas desarrolladas por el tutor académico de
conformidad con los procedimientos que establezca la Universidad.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se reserva la facultad de resolver la
estancia del estudiante en caso de no respetar lo previsto en este Convenio y/o en el
anexo correspondiente.
Los tutores de ambas partes se facilitarán, recíprocamente el acceso a sus
respectivas entidades para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Segunda.
Sec. III. Pág. 47987
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y las
disponibilidades de estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de
estudiantes para cada ejercicio académico (en ningún caso más de tres) que pueden
realizar las prácticas en el Ministerio.
La Universidad asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria
de prácticas objeto del presente Convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así
como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la
dirección y coordinación del responsable de prácticas externas de la Universidad.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá seleccionar, para realizar las
prácticas en el Ministerio, entre los estudiantes de la Universidad que presenten la
solicitud.
Tercera.
Desarrollo de las prácticas.
El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente Convenio y el Programa que se desarrolle en cada caso concreto para los
alumnos según sus perfiles, se recogerá en un anexo, que se incorporará al Convenio,
de acuerdo con lo establecido en el modelo que forma parte del presente Convenio.
En dicho anexo se establecerá entre otros, los datos referentes al estudiante,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor de la Universidad Carlos III de Madrid y el tutor
designado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el proyecto formativo
objeto de la práctica a realizar por el estudiante, las condiciones de rescisión anticipada
de la práctica y la protección de sus datos.
El anexo relativo al Programa de Prácticas, será firmado tanto por la Universidad
Carlos III de Madrid como por el representante del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo y por el estudiante.
Cuarta.
Dirección y supervisión de las prácticas.
Quinta.
Relación del estudiante con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ni se integrará dentro de la
estructura del mismo.
cve: BOE-A-2021-6638
Verificable en https://www.boe.es
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta del tutor
académico de la Universidad Carlos III de Madrid y del tutor del Ministerio de Industria,
Comercio y Turismo.
El tutor del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo establecerá las tareas a llevar
a cabo por el estudiante, supervisará y orientará las actividades del estudiante y realizará
un informe final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en
prácticas en el Ministerio, que remitirá al tutor académico de la Universidad.
El estudiante será evaluado por las prácticas desarrolladas por el tutor académico de
conformidad con los procedimientos que establezca la Universidad.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se reserva la facultad de resolver la
estancia del estudiante en caso de no respetar lo previsto en este Convenio y/o en el
anexo correspondiente.
Los tutores de ambas partes se facilitarán, recíprocamente el acceso a sus
respectivas entidades para el cumplimiento de los fines propios de su función.