V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. (BOE-B-2021-19992)
Extracto de la Orden de 19 de abril de 2021 por la que se aprueba la convocatoria 2021 de ayudas a proyectos de investigación en líneas estratégicas, en colaboración público-privada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 25889
Las ayudas bajo la modalidad de subvención están financiadas por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, de conformidad
con el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por
el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado por el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha
financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones
subvencionadas, correspondientes a las medidas integradas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación a las ayudas serán presentadas de
conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 13 de la orden de
convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse
obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la
sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 27 de abril y finalizará
el día 18 de mayo de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo investigador.
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.
La descripción de los criterios, así como su valoración, se determinan en el
Anexo I de la orden de convocatoria.
Madrid, 19 de abril de 2021.- El Ministro de Ciencia e Innovación y el
Presidente de la Agencia Estatal de Investigación. P.D. (Orden CIN/639/2020, de 6
de julio, BOE n.º 192, de 14 de julio), el Presidente de la Agencia Estatal de
Investigación, Rafael Rodrigo Montero.
cve: BOE-B-2021-19992
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210024532-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 25889
Las ayudas bajo la modalidad de subvención están financiadas por el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, de conformidad
con el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por
el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para
apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado por el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha
financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones
subvencionadas, correspondientes a las medidas integradas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación a las ayudas serán presentadas de
conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 13 de la orden de
convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse
obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la
sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 27 de abril y finalizará
el día 18 de mayo de 2021 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo investigador.
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.
La descripción de los criterios, así como su valoración, se determinan en el
Anexo I de la orden de convocatoria.
Madrid, 19 de abril de 2021.- El Ministro de Ciencia e Innovación y el
Presidente de la Agencia Estatal de Investigación. P.D. (Orden CIN/639/2020, de 6
de julio, BOE n.º 192, de 14 de julio), el Presidente de la Agencia Estatal de
Investigación, Rafael Rodrigo Montero.
cve: BOE-B-2021-19992
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210024532-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X