II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-6516)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 46652
Formación (hasta un máximo de 10 puntos):
a) Por tener una titulación académica oficial distinta y de igual o superior nivel
académico a la exigida para acceder al grupo al que se aspira, hasta un máximo de 3
puntos, en la forma siguiente:
Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 3 puntos.
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Título equivalente:
2 puntos.
B.U.P., Bachiller o Formación Profesional de Segundo Grado, superación de la
prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, o equivalente: 1 punto.
En el caso de contar con más de una titulación académica oficial que cumpla con los
requisitos de este punto, sólo se valorará una de ellas.
b)
Cursos (hasta un máximo de 7 puntos):
i. Por cursos recibidos contemplados como específicos del área de la plaza
convocada en el Plan de Formación del PAS de la UCO vigente a la fecha de terminación
de presentación de solicitudes y en aquellos aprobados en los cinco años anteriores:
0,760 puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 1,150 puntos
por cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 2 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
ii. Por cursos recibidos específicos del área y directamente relacionados con las
funciones del área a la que se aspira, no computados en el apartado anterior: 0,200
puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 0,300 puntos por
cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 0,500 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
Se valorarán los cursos cuyos contenidos estén directamente relacionados con el
área de la plaza a la que se opta, y, en todo caso, los cursos de Calidad Universitaria,
Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de Riesgos Laborales,
Idiomas e Igualdad.
Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por la Universidad
de Córdoba, INAP, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación
Continua o por Asociaciones sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la formación.
ANEXO III
Temario
1. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y Deberes.
Código de Conducta. Régimen Disciplinario.
2. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Derechos y Deberes trabajadores.
3. Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales.
4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres.
5. Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de
los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de
octubre.
cve: BOE-A-2021-6516
Verificable en https://www.boe.es
Bloque común (para todas las plazas)
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
3.
Sec. II.B. Pág. 46652
Formación (hasta un máximo de 10 puntos):
a) Por tener una titulación académica oficial distinta y de igual o superior nivel
académico a la exigida para acceder al grupo al que se aspira, hasta un máximo de 3
puntos, en la forma siguiente:
Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 3 puntos.
Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Título equivalente:
2 puntos.
B.U.P., Bachiller o Formación Profesional de Segundo Grado, superación de la
prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, o equivalente: 1 punto.
En el caso de contar con más de una titulación académica oficial que cumpla con los
requisitos de este punto, sólo se valorará una de ellas.
b)
Cursos (hasta un máximo de 7 puntos):
i. Por cursos recibidos contemplados como específicos del área de la plaza
convocada en el Plan de Formación del PAS de la UCO vigente a la fecha de terminación
de presentación de solicitudes y en aquellos aprobados en los cinco años anteriores:
0,760 puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 1,150 puntos
por cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 2 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
ii. Por cursos recibidos específicos del área y directamente relacionados con las
funciones del área a la que se aspira, no computados en el apartado anterior: 0,200
puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 0,300 puntos por
cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 0,500 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
Se valorarán los cursos cuyos contenidos estén directamente relacionados con el
área de la plaza a la que se opta, y, en todo caso, los cursos de Calidad Universitaria,
Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de Riesgos Laborales,
Idiomas e Igualdad.
Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por la Universidad
de Córdoba, INAP, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación
Continua o por Asociaciones sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la formación.
ANEXO III
Temario
1. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: Derechos y Deberes.
Código de Conducta. Régimen Disciplinario.
2. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Derechos y Deberes trabajadores.
3. Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales.
4. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres.
5. Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de
los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de
octubre.
cve: BOE-A-2021-6516
Verificable en https://www.boe.es
Bloque común (para todas las plazas)