III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-6523)
Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Formainserta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 46704
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6523
Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Formainserta.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Formainserta resultan los
siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades mercantiles
«Gestión Integral de Mantenimientos y Servicios Auxiliares, S.L.», «Gestiona Desarrollo
de Servicios Integrales, S.L.» y don Antonio Conejero Anguita según consta en la
escritura otorgada ante el Notario de Madrid don José Luis Martínez-Gil Calero como
sustituto legal del Notario de Madrid don José Ángel Martínez Sanchiz el 31 de julio
de 2019 con el número 1454 de protocolo subsanada mediante diligencia extendida por
el mismo notario con fecha 21 de enero de 2020.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Carretera de Villaverde a
Vallecas, 265, 3.º derecha, 28031 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo
el territorio del Reino de España
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: cuarenta mil euros (40.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Son fines de la Fundación: Fomentar la Formación Profesional para el empleo y el
aprendizaje permanente para lograr la inserción laboral y social de colectivos que se
encuentran en riesgo de pobreza y/ o exclusión social entre los que se incluyen:
Población en activo en situación de desempleo de larga duración, colectivo con
diversidad funcional, jóvenes, mujeres víctimas de violencia de género, personas
refugiadas, drogodependientes, víctimas del terrorismo, personas afectadas por el
VIH/Sida, y cualquier otro colectivo que requiera formación y apoyo para su integración
social,laboral y/o profesional.
Quinto. Patronato.
Don Antonio Conejero Anguita, don Igor García Roncero y don Carlos Oscar Flores
González.
Cargos:
Presidente: Don Antonio Conejero Anguita.
cve: BOE-A-2021-6523
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 46704
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6523
Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Formainserta.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Formainserta resultan los
siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades mercantiles
«Gestión Integral de Mantenimientos y Servicios Auxiliares, S.L.», «Gestiona Desarrollo
de Servicios Integrales, S.L.» y don Antonio Conejero Anguita según consta en la
escritura otorgada ante el Notario de Madrid don José Luis Martínez-Gil Calero como
sustituto legal del Notario de Madrid don José Ángel Martínez Sanchiz el 31 de julio
de 2019 con el número 1454 de protocolo subsanada mediante diligencia extendida por
el mismo notario con fecha 21 de enero de 2020.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Carretera de Villaverde a
Vallecas, 265, 3.º derecha, 28031 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo
el territorio del Reino de España
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: cuarenta mil euros (40.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Son fines de la Fundación: Fomentar la Formación Profesional para el empleo y el
aprendizaje permanente para lograr la inserción laboral y social de colectivos que se
encuentran en riesgo de pobreza y/ o exclusión social entre los que se incluyen:
Población en activo en situación de desempleo de larga duración, colectivo con
diversidad funcional, jóvenes, mujeres víctimas de violencia de género, personas
refugiadas, drogodependientes, víctimas del terrorismo, personas afectadas por el
VIH/Sida, y cualquier otro colectivo que requiera formación y apoyo para su integración
social,laboral y/o profesional.
Quinto. Patronato.
Don Antonio Conejero Anguita, don Igor García Roncero y don Carlos Oscar Flores
González.
Cargos:
Presidente: Don Antonio Conejero Anguita.
cve: BOE-A-2021-6523
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.