III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-6527)
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Disenso.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 46713
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6527
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Disenso.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Disenso resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Partido Político Vox según
consta en la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Juan Aznar de la Haza el 2
de julio de 2020 con el número 2184 de protocolo subsanada por otras otorgadas ante el
mismo notario el 14 de diciembre de 2020 protocolo 4660 y 3 de febrero de 2021
protocolo 353.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Antonio Maura, número
20, planta 1.ª derecha. 28014 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La defensa de la libertad, la unidad y la soberanía de España en el ámbito civil.
La promoción de la defensa de la vida y de la familia.
La defensa de la Justicia, el estado de Derecho y el imperio de la ley.
La reivindicación de la herencia de la civilización occidental, el legado cultural de
España en el mundo y su vocación europea y americana.
Don Santiago Abascal Conde, don Francisco-Paula Méndez Monasterio y don
Hermann Leopold Tertsch del Valle-Lersundi.
Cargos:
Presidente: Don Santiago Abascal Conde.
Secretario: Don Francisco-Paula Méndez Monasterio.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2021-6527
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 46713
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6527
Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Disenso.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Disenso resultan los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por el Partido Político Vox según
consta en la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Juan Aznar de la Haza el 2
de julio de 2020 con el número 2184 de protocolo subsanada por otras otorgadas ante el
mismo notario el 14 de diciembre de 2020 protocolo 4660 y 3 de febrero de 2021
protocolo 353.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Antonio Maura, número
20, planta 1.ª derecha. 28014 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el
territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La defensa de la libertad, la unidad y la soberanía de España en el ámbito civil.
La promoción de la defensa de la vida y de la familia.
La defensa de la Justicia, el estado de Derecho y el imperio de la ley.
La reivindicación de la herencia de la civilización occidental, el legado cultural de
España en el mundo y su vocación europea y americana.
Don Santiago Abascal Conde, don Francisco-Paula Méndez Monasterio y don
Hermann Leopold Tertsch del Valle-Lersundi.
Cargos:
Presidente: Don Santiago Abascal Conde.
Secretario: Don Francisco-Paula Méndez Monasterio.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2021-6527
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.