III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-6549)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Candeleda, para la incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 47224

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
6549

Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Candeleda, para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género.

Habiéndose suscrito el 19 de febrero de 2021 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y el Ayuntamiento de Candeleda para la incorporación de los Cuerpos de Policía
Locales al «Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género»,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de abril de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Candeleda para la
incorporación de los Cuerpos de Policía Locales al «Sistema de Seguimiento
Integral de los casos de Violencia de Género»
Madrid, a 19 de febrero de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don. Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020 de 17 de enero, al amparo de
lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la calle
Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Carlos Montesino Garro, Alcalde del Ayuntamiento de
Candeleda (en adelante, el Ayuntamiento), nombrado por Acuerdo del Pleno de fecha 15
de junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en plaza Mayor, 1, 05480 de Candeleda (Ávila).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene
competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.

cve: BOE-A-2021-6549
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