II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-6511)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 46587

aspectos evaluados, especificando la puntuación obtenida en cada uno de los criterios
generales detallados en el anexo IV y en la prueba, así como su valoración global.
8.

Propuesta de provisión

La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todos los candidatos y candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento que vendrá determinado por la valoración global obtenida por cada
candidato, y sin que pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a
concurso. La Comisión Juzgadora publicará la propuesta de provisión junto con los
resultados de la evaluación de cada candidato en lo relativo a lo indicado en la base 7.4,
en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya celebrado la prueba y, a efectos
meramente informativos, en la página web: https://www.ucm.es/funcionarios-decarrera-2.
En ningún caso, la Comisión podrá elevar propuesta de provisión a favor de aquellos
concursantes que no obtengan un mínimo de 50 puntos.
El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión, debidamente motivada,
de no provisión de la plaza convocada.
Finalizada la actuación de la Comisión, en los cincos días hábiles siguientes, el
Secretario de la misma entregará en el Servicio de Gestión de Personal Docente e
Investigador toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así como
una copia de la documentación entregada por cada candidato, la cual, una vez finalizado
y firme el proceso del concurso, les podrá ser devuelta si así lo solicitan.
Contra la propuesta de la Comisión juzgadora, los concursantes podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del
siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del lugar en el que se haya
celebrado la prueba.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva.
La reclamación será valorada por la Comisión regulada y en el artículo 93 de los
EUCM.
9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos
Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar en los
veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Registro
de esta Universidad o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el
artículo 16.4 de la LPACAP, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del título de Doctor y, en su caso, fotocopia del Certificado de
Acreditación.
b) Certificación de la Universidad u Organismo del que dependan, acreditativa de
su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
10.

Nombramientos

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: Cuerpo, área de conocimiento y Departamento, así como su número en la
Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el
BOCM, y comunicado al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión
de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

cve: BOE-A-2021-6511
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 97