IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-19503)
PONTEVEDRA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 25208
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
19503
PONTEVEDRA
Edicto
Dña. Patricia Raposo Fernández Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 344/2020 se ha
declarado CONCLUSO el procedimiento concursal de Dña. Ana María Gregoria
Guerrero Ramírez y el archivo de las actuaciones.
2º. Se concedió a Dña. Ana María Gregoria Guerrero Ramírez el beneficio de
la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter provisional, sin necesidad de
plan de pagos, al no haber crédito privilegiado ni contra la masa pendiente de
pago.
3º Se acordó el cese de las limitaciones a las facultades de administración y
disposición de la parte concursada que estén subsistentes en este momento, salvo
las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
4ª Se acordó la notificación y publicación conforme al art. 482 LC, en la misma
forma que se acordó para la declaración de concurso.
5º. Si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la
parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss LC.
6º. Se declararon aprobadas las cuentas presentadas por la administración
concursal.
Pontevedra, 30 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia,
Patricia Raposo Fernandez.
cve: BOE-B-2021-19503
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210024606-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. IV. Pág. 25208
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
19503
PONTEVEDRA
Edicto
Dña. Patricia Raposo Fernández Letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 344/2020 se ha
declarado CONCLUSO el procedimiento concursal de Dña. Ana María Gregoria
Guerrero Ramírez y el archivo de las actuaciones.
2º. Se concedió a Dña. Ana María Gregoria Guerrero Ramírez el beneficio de
la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter provisional, sin necesidad de
plan de pagos, al no haber crédito privilegiado ni contra la masa pendiente de
pago.
3º Se acordó el cese de las limitaciones a las facultades de administración y
disposición de la parte concursada que estén subsistentes en este momento, salvo
las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
4ª Se acordó la notificación y publicación conforme al art. 482 LC, en la misma
forma que se acordó para la declaración de concurso.
5º. Si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de la
parte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss LC.
6º. Se declararon aprobadas las cuentas presentadas por la administración
concursal.
Pontevedra, 30 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia,
Patricia Raposo Fernandez.
cve: BOE-B-2021-19503
Verificable en https://www.boe.es
ID: A210024606-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X