I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2021-6464)
Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

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acreditada, en su caso, para el acceso. No se valorarán las certificaciones de idiomas
que no sean otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
2. En el apartado 2.4 solamente se valorarán las publicaciones de carácter didáctico o
científico, y las directamente relacionadas con aspectos de la gestión administrativa o con la
organización escolar. Las puntuaciones indicadas se refieren a publicaciones de un solo
autor. Si fueran de varios autores, se aplicaría la parte proporcional.
3. Los méritos sólo podrán puntuarse por uno de los apartados del baremo.
ANEXO IV
Proyecto de dirección
Contenido mínimo y puntuación.

Apartados del proyecto

Presentación y fundamentación del
proyecto.

Puntuación
máxima

1,5

Criterios de valoración

Estructura del proyecto. Marco institucional de la dirección, fundamentación normativa.
Estilo de dirección, valores que se quieren potenciar.
Viabilidad del proyecto.
Inclusión de la propuesta de equipo directivo.

Análisis del contexto y de las
necesidades del centro.

2

Análisis de las características más relevantes del centro.
Identificación de los puntos fuertes y los débiles del funcionamiento y los resultados del centro.
Adecuación del proyecto al contexto general del centro (alumnado, familias, profesorado,
recursos e instalaciones).
Diagnóstico de necesidades de mejora.

Objetivos.

2

Idoneidad y viabilidad de los objetivos que se proponen.
Correspondencia entre éstos y las necesidades del centro.

3

Coherencia con los objetivos propuestos.
Idoneidad y viabilidad de las propuestas, entre otras las relacionadas con:
a) Medidas dirigidas a la mejora e innovación educativa, en relación con el proceso de
enseñanza y aprendizaje, con los idiomas, con el uso de las tecnologías de la información y la
comunicación y con los hábitos deportivos y saludables.
b) Medidas dirigidas a lograr el éxito de todo el alumnado teniendo en cuenta su diversidad,
con especial atención al alumnado más vulnerable y con mayores dificultades.
c) Estrategias para fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, no discriminación y
prevención de la violencia de género.
d) Estrategias de relación con el entorno del centro en una doble dirección, facilitando los
recursos del centro para el uso comunitario y aprovechando todas las posibilidades que pueda
brindar el entorno –instalaciones, tejido asociativo, colaboración con las instituciones, etc.
e) Medidas para favorecer la convivencia, la participación de la comunidad educativa en el
centro y la adecuada gestión de los recursos.
f) Desarrollo de proyectos de formación e innovación.

Planes y líneas concretas de
actuación para conseguir los
objetivos, incluyendo
necesariamente, entre otras,
medidas dirigidas a la mejora e
innovación educativas, estrategias
para el fomento de la igualdad entre
mujeres y hombres, la no
discriminación y la prevención de la
violencia de género, y estrategias de
relación con el entorno del centro.

Evaluación y seguimiento del
Proyecto.

2.

1,5

Concreción de los procedimientos de seguimiento y evaluación.
Previsión de una evaluación periódica del proyecto de dirección, de los objetivos y de las
actuaciones propuestas.
Temporalización e indicadores.

Requisitos formales:

Extensión máxima de 30 páginas (incluidos los posibles anexos), en DIN A-4 por una sola
cara, con interlineado sencillo y tipos de letra Times New Roman 12 puntos o Arial 11 puntos.
3.

Criterios de valoración generales:

Las Comisiones de selección tendrán en cuenta la calidad del proyecto, la
originalidad de su contenido, el dominio y fluidez en la exposición y el coloquio, y el
cumplimiento de los elementos de contenido y formales del proyecto.

cve: BOE-A-2021-6464
Verificable en https://www.boe.es

1.