IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-19399)
VALENCIA
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 25020

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

19399

VALENCIA

D./Dña. Cristina María Valero Doménech, Letrado/a Admón Justicia del
Juzgado de lo Mercantil num. 4 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num.
000549/2019 habiéndose dictado en fecha 14 de abril de 2021 por el Ilmo/a. Sr/a.
Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil número 4 de Valencia auto firme de
conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Acuerdo:
1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en
este Juzgado bajo el número de procedimiento 000549/2019, promovido por el/la
Procurador/a Sr/a Mora Vicente Jesús, en nombre y representación de la mercantil
Mariyafruit, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.
2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y
disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de
calificación
3.- Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal D/Dª Laura
Teresa Aparicio Ferrer, con NIF Nº 29200080Q, revocando las autorizaciones
otorgadas en el procedimiento concursal.
4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Mariyafruit, S.L., con C.I.F.
B97852552, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los
Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y
mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la
presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.)y tiene carácter de
firme.
5.- Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe
de fecha 8 de febrero de 2021.
Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los
artículos 23 y 24 LC y 482 del TRLC expidiéndose los oportunos edictos para su
publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del
R.D.L. 3/2009), en el RPC y asímismo en el tablón de anuncios del Juzgado; los
mandamientos y oficios se remitirán por el Juzgado por vía telemática a los registro
públicos, pero en caso de resulter imposible se entregarán al/la Procurador/a de la
concursada Mora Vicente Jesús para su inmediata presentación.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado
y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber
que contra la presente resolución no cabe recurso alguno( art. 177.1 LC y art. 481
TRLC).
Valencia, 15 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia,
Cristina María Valero Doménech.
ID: A210024180-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-19399
Verificable en https://www.boe.es

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en
su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del
concurso.