IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-19343)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 24962

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

19343

ALICANTE

Edicto.
D/DÑA. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia y del
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, anuncia:
Que en el Concurso de Acreedores núm. 000051/2013 referente a la mercantil
NICTRANS, S.L.U. con CIF n.º B-03419256, por auto de fecha 15/03/21 se ha
acordado lo siguiente:
1.- Se declara CONCLUIDO el Concurso de Acreedores de la mercantil
NICTRANS, S.L.U. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes,
pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y
disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador
Concursal en su cargo.
3.- Se acuerda la extinción de NICTRANS, S.L.U., decretándose la cancelación
de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al
Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor,
así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de
inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los
Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente
concurso, entréguense igualmente al Procurador.
4.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o
derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo
procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (art. 505.1 TRLC).
5.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 479.2 TRLC.
Elche, 25 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge
Cuéllar Otón.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X