II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-6318)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Miércoles 21 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 45178

Las discrepancias o dudas subsiguientes serán resueltas definitivamente según los
datos aportados por el Registro Central de Personal.
6. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del
puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar al
interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación
solicitada. Previamente, el Presidente de la Comisión de Valoración pedirá informe a los
Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la
adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos
afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y
evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.
7. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse
desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas
exigidas en cada caso, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se
hayan amortizado o se encuentren en curso de modificación en sus características
funcionales, orgánicas o retributivas ante la Comisión Interministerial de Retribuciones.
Séptima.

Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

2. Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración una
persona en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales
más representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en
el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.
El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o
superior al de miembros designados de la Administración.
En el caso de las personas representantes de las Organizaciones Sindicales, se
designarán a propuesta de las mismas. A efectos de su nombramiento como miembros
deberán remitir los datos de la persona propuesta en el plazo de diez días hábiles desde
la publicación de la convocatoria.
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados y además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o
superior al de los convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida
con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión
de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas
o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.

cve: BOE-A-2021-6318
Verificable en https://www.boe.es

– Presidencia: La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos
del Ministerio de Hacienda o funcionario o funcionaria a quien designe.
– Secretaría: Un funcionario o una funcionaria de la Subdirección General de
Recursos Humanos.
– Vocales: Dos funcionarios o funcionarias del Centro Directivo donde radican los
puestos de trabajo y otro u otra funcionaria en representación del área correspondiente
al mismo, así como un funcionario o funcionaria de la Subsecretaría del Departamento.