III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-6357)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Policía y el Ayuntamiento de Eivissa, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45828
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
6357
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Policía y el
Ayuntamiento de Eivissa, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 8 de abril de 2021 el Convenio entre el Ministerio del Interior
(Dirección General de la Policía) y el Ayuntamiento de Eivissa en materia de seguridad,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de abril de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía) y el
Ayuntamiento de Eivissa en materia de seguridad
Madrid, a 8 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Rafael Ruiz González, Alcalde del Ayuntamiento de Eivissa (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en Calle Pere Tur, 1, 07800 de Eivissa (Illes Balears).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
le corresponde la preparación y ejecución de la política del Gobierno en relación con la
cve: BOE-A-2021-6357
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Primero.
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45828
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
6357
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre la Dirección General de la Policía y el
Ayuntamiento de Eivissa, en materia de seguridad.
Habiéndose suscrito el 8 de abril de 2021 el Convenio entre el Ministerio del Interior
(Dirección General de la Policía) y el Ayuntamiento de Eivissa en materia de seguridad,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura
como anexo a esta Resolución.
Madrid, 15 de abril de 2021.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía) y el
Ayuntamiento de Eivissa en materia de seguridad
Madrid, a 8 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad del
Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 84/2020, de 17 de enero, al amparo
de lo previsto en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la
calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Rafael Ruiz González, Alcalde del Ayuntamiento de Eivissa (en
adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo del Pleno de fecha 15 de
junio de 2019, actuando en nombre y representación del mismo en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.a y b de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del presente
Convenio en Calle Pere Tur, 1, 07800 de Eivissa (Illes Balears).
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente Convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, al Ministerio del Interior, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
le corresponde la preparación y ejecución de la política del Gobierno en relación con la
cve: BOE-A-2021-6357
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Primero.