III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-6286)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Lleida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Martes 20 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 44957

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
6286

Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Aparejadores,
Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Lleida.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Lleida un Convenio
en materia de gestión catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 13 de abril de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro)
y el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de
Edificación de Lleida, en materia de gestión catastral.
En Madrid y Lleida, a 12 de abril de 2021.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo 17 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias
y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y
concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE
de 18 de febrero de 2021).
De otra parte, don Josep Torres Massot, Presidente en funciones del Colegio Oficial
de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Lleida, según
acuerdo de la Junta de Gobierno celebrada el día 9 de septiembre de 2020, que ostenta
la representación del Colegio, en virtud del artículo 45 de los Estatutos del Colegio de
Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Lleida, cuya
inscripción en el Registro general de colegios profesionales de la Generalidad de
Cataluña se publicó por Resolución del Departamento de Justicia de 8 de enero de 2009
(DOGC de 20 de enero).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se

cve: BOE-A-2021-6286
Verificable en https://www.boe.es

Primero.