IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-18732)
ZARAGOZA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Lunes 19 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 24079

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

18732

ZARAGOZA

D. Carlos Artal Faulo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
1ª Instancia número 17 de Zaragoza, por la presente,
Hago saber:
1.- Se ha declarado concurso y archivo por insuficiencia de masa activa del
mismo, que se sigue con el número 414/2021 y N.I.G. 5029742120210004638.
2.- Fecha de declaración y conclusión: Auto nº 156/2021 de 8 de abril de 2021.
3.- Deudores: D. Fernando José Isarch Lorente, con D.N.I. 25.436.690-R, y
Dña. María del Rocío Martínez Martínez, con D.N.I. 29.104.344-Y.
4.- Carácter del concurso: consecutivo.
5.- Se nombra Administrador concursal, a los efectos de tramitar la Sección
que se dirá, a D. Ramón Aliaga Frutos, con N.I.F. 27.487.076- Y con domicilio en
Gran Vía nº 5, Entresuelo, Derecha de Zaragoza y dirección de correo electrónico
ramonaliaga@telefonica.net, direcciones a la que conforme al artículo 35 del TRLC
de 2020, a su elección, los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación
del anuncio de la declaración del concurso en el BOE, efectuaran la comunicación
de créditos.
6.- Igualmente se ha acordado que, dentro de los diez días siguientes a la
publicación de esta resolución en el Registro Público Concursal, cualquier
acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección
de calificación alegando por escrito cuanto considere relevantepara la calificación
del concurso como culpable.
Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin
necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, la
administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los
hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.
Una vez presentado el informe procederá el traslado por 10 días al Ministerio
Fiscal para que informe.
7.- Para solicitar la declaración de concurso, comparecer en el procedimiento,
interponer recursos, plantear incidentes o impugnar actos de administración, los
acreedores y los demás legitimados actuarán representados por procurador y
asistidos de letrado. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso,
comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta.

9.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la
siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal:
www.publicidadconcursal.es.
Zaragoza, 8 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Carlos
Artal Faulo.
ID: A210023257-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2021-18732
Verificable en https://www.boe.es

8.- Cualesquiera otros que tengan interés legítimo en el concurso podrán
comparecer siempre que lo hagan representados por procurador y asistidos de
letrado.