III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-6227)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional del sistema educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional correspondientes al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Lunes 19 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 44697

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
6227

Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General de Formación
Profesional, por la que se convoca la prueba de acceso a los ciclos
formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional del
sistema educativo en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y
Formación Profesional correspondientes al año 2021.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 41 las
condiciones de acceso y admisión a las enseñanzas de formación profesional. Entre las
condiciones de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior uno de
los requisitos establecidos es haber superado una prueba de acceso.
Asimismo, el citado artículo determina que las Administraciones educativas
convocarán periódicamente estas pruebas de acceso, que deberán acreditar, para la
formación profesional de grado medio, las competencias de educación secundaria
obligatoria y, para la formación profesional de grado superior, la madurez en relación con
las competencias de la educación secundaria postobligatoria. Estas pruebas se
realizarán adoptando las medidas necesarias para asegurar la igualdad de
oportunidades, la no discriminación del alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se
presenten, incluida la realización de ajustes razonables.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación
general de la formación profesional del sistema educativo, dispone que una de las
condiciones posibles de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado
superior es la de haber superado una prueba de acceso, convocada al menos una vez al
año, en las condiciones que determinen las Administraciones educativas. Esta norma,
asimismo, tiene carácter regulador de los requisitos de los candidatos y disposiciones
comunes para el desarrollo de las pruebas, ajustándose la presente resolución a dicha
regulación.
El Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, determina en su
artículo 5 que corresponde a la Secretaría General de Formación Profesional la
planificación, ejecución, control, gestión y seguimiento de la oferta dependiente del
Departamento en materia de formación profesional del sistema educativo y de formación
profesional para el empleo.
Por ello, y a efectos de fijar la convocatoria, los plazos de inscripción, la constitución
de los órganos evaluadores y las instrucciones necesarias para el desarrollo de las
pruebas,
Esta Secretaría General de Formación Profesional resuelve:
Objeto y ámbito de aplicación.

La presente resolución tiene por objeto convocar la celebración de las pruebas de
acceso a los ciclos formativos de formación profesional de grado medio y de grado
superior, correspondientes al año 2021.
El ámbito de aplicación de estas pruebas se corresponde con las que se celebren en
las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla, en los centros de titularidad española en
el Reino de Marruecos, en otros países (exterior) así como en el Centro para la
Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia, en adelante CIDEAD, dependiente
de la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida.

cve: BOE-A-2021-6227
Verificable en https://www.boe.es

Primero.