III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6233)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, para la utilización de la "Gestión Integrada de servicios de Registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Lunes 19 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 44770

electrónicamente a los servicios públicos, impone a las Administraciones en su artículo
17, el deber de tener en cuenta las soluciones disponibles que puedan satisfacer total o
parcialmente las necesidades de nuevos sistemas o servicios o la mejora y actualización
de los ya implantados.
Sexto.
Que la Universidad Carlos III de Madrid considera de gran utilidad la aplicación
informática GEISER, desarrollada por la SGAD, para la gestión de sus registros de
entrada y salida y el intercambio tanto con otros organismos como dentro del organismo,
de dichos registros y de la documentación en formato electrónico que los acompañe.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente Convenio:
1. Establecer las condiciones por las que se regirá la puesta a disposición de la
Universidad Carlos III de Madrid de la aplicación GEISER por parte de la SGAD, como
solución tecnológica para la gestión de los libros de registro de entrada y salida de dicha
Universidad, así como para la interconexión electrónica de su registro con el Sistema de
Interconexión de Registros y el Registro Electrónico Común.
2. Fijar los términos, las condiciones generales de uso y el soporte necesario para
el funcionamiento de la aplicación GEISER.
Especificaciones de la aplicación.

1. La Universidad Carlos III de Madrid debe usar la aplicación GEISER con sus
propios recursos para la mejora de la Administración electrónica en su ámbito de
competencias. La SGAD y la Universidad Carlos III de Madrid se prestarán el soporte
necesario para la solución de las incidencias técnicas de carácter informático
relacionadas con la aplicación, en los términos recogidos en la cláusula cuarta de este
Convenio.
2. La conexión de los usuarios de la Universidad Carlos III de Madrid a la aplicación
«GEISER» se hará a través de la Red SARA, gestionada por la SGAD, que adoptará las
medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad del tránsito de la información
intercambiada.
3. La aplicación distinguirá entre el grupo de usuarios de la Universidad Carlos III
de Madrid y el de usuarios de la SGAD como superadministradores de GEISER.
4. Los usuarios de la aplicación tendrán responsabilidad sobre el buen uso y
gestión, en su propio ámbito, del software y de las aplicaciones citadas anteriormente.
En todo caso, la SGAD no responderá de ningún daño y perjuicio directo o indirecto que
provenga del mal empleo de los componentes o de incidencias en el acceso y uso del
servicio por causas ajenas a la infraestructura de la SGAD.
5. Los equipamientos de la Universidad Carlos III de Madrid y sus usuarios deberán
cumplir los requisitos mínimos exigidos para el uso de GEISER que figuran en su
documentación.

cve: BOE-A-2021-6233
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.