III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-6094)
Resolución 420/38104/2021, de 8 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Pablo Olavide, para la realización de prácticas académicas externas en Unidades, Centros y Organismos del Ejército de Tierra y la realización de acciones formativas en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Viernes 16 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43928

Segundo.
Que dicho convenio se publicó mediante Resolución 420/38036/2019, de 14 de
febrero, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa.
Tercero.
Que en la cláusula séptima, Medidas de control y seguimiento, del citado convenio,
establece que cualquier modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo
unánime de los firmantes.
Cuarto.
Que la cláusula sexta, Financiación, no hace referencia a lo dispuesto en el
punto 3.b) de la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de
diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en
materia social, laboral y de empleo, en el sentido de especificar en quién recaerá el
cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social en el caso de prácticas
y programas formativos no remunerados.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad
Pablo de Olavide para la realización de prácticas académicas externas en unidades,
centros y organismos del Ejército de Tierra y la realización de acciones formativas en
áreas de interés común, suscrito el 9 de enero de 2019.
El convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Pablo de Olavide para la
realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del
Ejército de Tierra y la realización de acciones formativas en áreas de interés común,
suscrito el 9 de enero de 2019, queda modificado como sigue:
Uno.

La cláusula sexta del convenio queda redactada como sigue:

«Sexta. Financiación.

cve: BOE-A-2021-6094
Verificable en https://www.boe.es

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún
compromiso financiero para el Ministerio de Defensa.
En relación con los requisitos establecidos en el punto 3.b), de la disposición
adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la
revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia
social, laboral y de empleo, las obligaciones que de la citada disposición adicional
se deriven, correrán a cargo de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, aun
cuando las prácticas no tengan carácter remunerado.»