II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-6083)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 43756
de 2020, por la que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los
procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio
Andaluz de Salud (BOUCO de 09/06/20). En todo caso, para lo no contenido en dicha
Instrucción se estará a lo dispuesto por el Reglamento de concurso de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes
en la Universidad de Córdoba, y por las bases de la presente convocatoria.
No obstante, en el caso de considerar necesaria la celebración de forma presencial,
podrá realizarse siempre que los espacios sean ocupados manteniendo la distancia de
seguridad establecida por las autoridades sanitarias (1,5 m) y/o las medidas de higiene
adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, así como cualquier otra medida de
prevención contempladas en las órdenes que se dicten por la autoridad competente.
Será responsabilidad de la persona convocante el que se cumplan el conjunto de
medidas sanitarias establecidas.
Comisiones evaluadoras.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver los concursos de acceso es la
que figura en el anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado este
Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6 de Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la Universidad de
Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se encuentran
publicados en la página web de la Universidad de Córdoba: http://:www.uco.es/gestion/
laboral/convocatorias-de-empleo/personal-docente-funcionario.
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada de
alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán
recusar a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 24
de la citada Ley 40/2015. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o
recusación que pudiera haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos
por sus respectivos suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el
miembro suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias de
impedimento citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden correlativo de
nombramiento entre los miembros suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución,
el Rectorado de la Universidad de Córdoba procederá al nombramiento de nuevo titular y
suplente conforme al procedimiento establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la
vacante producida. Dentro del plazo máximo de dos meses, computado a partir del día
siguiente a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al
concurso, deberá constituirse la Comisión. Para ello, el Presidente titular, previa consulta
a los restantes miembros de la misma, dictará una Resolución que deberá ser notificada,
con al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los miembros titulares
de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder al acto formal de
constitución de la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos. De la recepción de
dicha notificación por parte de los interesados debe quedar copia en el expediente.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar Resolución que deberá ser notificada,
con al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos
admitidos al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de
celebración del mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados
deberá quedar constancia debidamente acreditada.
Los miembros titulares que no concurrieran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus respectivos suplentes.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el profesor más antiguo conforme al siguiente orden de prelación de
cve: BOE-A-2021-6083
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 43756
de 2020, por la que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los
procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio
Andaluz de Salud (BOUCO de 09/06/20). En todo caso, para lo no contenido en dicha
Instrucción se estará a lo dispuesto por el Reglamento de concurso de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes
en la Universidad de Córdoba, y por las bases de la presente convocatoria.
No obstante, en el caso de considerar necesaria la celebración de forma presencial,
podrá realizarse siempre que los espacios sean ocupados manteniendo la distancia de
seguridad establecida por las autoridades sanitarias (1,5 m) y/o las medidas de higiene
adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, así como cualquier otra medida de
prevención contempladas en las órdenes que se dicten por la autoridad competente.
Será responsabilidad de la persona convocante el que se cumplan el conjunto de
medidas sanitarias establecidas.
Comisiones evaluadoras.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver los concursos de acceso es la
que figura en el anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado este
Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6 de Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la Universidad de
Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se encuentran
publicados en la página web de la Universidad de Córdoba: http://:www.uco.es/gestion/
laboral/convocatorias-de-empleo/personal-docente-funcionario.
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada de
alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán
recusar a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 24
de la citada Ley 40/2015. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o
recusación que pudiera haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos
por sus respectivos suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el
miembro suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias de
impedimento citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden correlativo de
nombramiento entre los miembros suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución,
el Rectorado de la Universidad de Córdoba procederá al nombramiento de nuevo titular y
suplente conforme al procedimiento establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la
vacante producida. Dentro del plazo máximo de dos meses, computado a partir del día
siguiente a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al
concurso, deberá constituirse la Comisión. Para ello, el Presidente titular, previa consulta
a los restantes miembros de la misma, dictará una Resolución que deberá ser notificada,
con al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los miembros titulares
de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder al acto formal de
constitución de la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos. De la recepción de
dicha notificación por parte de los interesados debe quedar copia en el expediente.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar Resolución que deberá ser notificada,
con al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos
admitidos al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de
celebración del mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados
deberá quedar constancia debidamente acreditada.
Los miembros titulares que no concurrieran al acto de constitución cesarán y serán
sustituidos por sus respectivos suplentes.
Una vez constituida la Comisión, en caso de ausencia del Presidente, éste será
sustituido por el profesor más antiguo conforme al siguiente orden de prelación de
cve: BOE-A-2021-6083
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.