III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-6099)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la pesquería de las rayas (SRX/89C-) de la zonas VIII y IX.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91

Viernes 16 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43958

Segundo.
Se establecen las siguientes topes de captura:
Tope semanal para arrastre de
fondo y palangre de fondo

Período

Tope semanal
para otras artes distintas al
arrastre y palangre de fondo

1 de abril * a 30 de junio.

350 kg/buque/semana.

200 kg/buque/semana.

1 de julio a 30 de septiembre.

300 kg/buque/semana.

100 kg/buque/semana.

1 de octubre a 31 de diciembre. 600 kg/buque/semana.

200 kg/buque/semana.

* No obstante, por lo que respecta a la fecha del 1 de abril, se atenderá a lo especificado en el apartado
Tercero.

Los topes indicados serán de aplicación al arte que el buque tenga autorizado en el
momento de la captura, ya sea por cambio temporal de modalidad, o por su censo
modal».
Tercero.
Esta Resolución surte efectos desde el 1 de abril al 31 de diciembre de 2021. No
obstante y en relación con los topes de capturas previstos, éstos se aplicarán a partir del
día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En caso de que eso se
produzca cualquier día que no sea el lunes, en esa semana los topes de los apartados
anteriores se aplicarán «pro rata temporis».
Cuarto.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2021-6099
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de abril de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X