V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. (BOE-B-2021-18162)
RESOLUCIÓN de la Secretaría General Técnica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por el que se somete a información pública la relación de bienes y derechos a expropiar en la 3ª fase del 14º procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución de las obras de los proyectos de construcción de la estación depuradora de aguas residuales de Torla-Ordesa (Huesca) y se señalan las fechas para el levantamiento de las actas previas a la ocupación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 23437
Aun siendo obras de interés general a ejecutar por la Administración General
del Estado, la suscripción del convenio permitió que fuera la Comunidad Autónoma
quien abordara la ejecución de las depuradoras del Pirineo Aragonés.
Durante el año 2008 se realizaron los trabajos previos a la licitación, que
consistieron en la preparación de los proyectos básicos y os pliegos para los
futuros contratos. La EDAR de Torla quedó agrupada en el contrato concesional
denominado Zona-P3, ríos Cinca y Ara. Con fecha 4 de junio de 2010 se formalizó
el contrato de concesión de obra pública con la empresa Depuradoras Pirineo
Zona P3.
Tras diversas vicisitudes, con fecha 23 de octubre de 2018, el Presidente del
Instituto Aragonés del Agua, decidió la resolución del contrato de concesión de
obra pública para la redacción de proyectos, construcción y explotación de las
infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales en el pirineo,
Zona P3-Ríos Cinca y Ara.
El Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de diciembre de 2018, acordó
"manifestar el compromiso de acometer las actuaciones descritas en el anexo I del
Convenio Específico entre el Ministerio del Medio Ambiente y el Gobierno de
Aragón para el Desarrollo del Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2008-2015 a
través de contratos de obra en las anualidades comprendidas entre 2019 y 2024 y
convocatorias anuales de subvenciones en las anualidades comprendidas entre
2019 y 2026". Este Acuerdo ha sido ratificado por el Gobierno de Aragón con fecha
17 de diciembre de 2019.
El Convenio suscrito en octubre de 2007 entre el Ministerio de Medio Ambiente
y la Comunidad Autónoma de Aragón ha finalizado su vigencia el 31 de diciembre
de 2019, si bien la Comisión de Seguimiento celebrada con fecha 13 de diciembre
de 2019 concluyó que, "en tanto no se apruebe la descalificación como obras de
interés general de la Administración del Estado de las actuaciones previstas en el
Anexo I que se encuentran a la fecha en ejecución, será de aplicación lo dispuesto
en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que permitirá a la Instituto Aragonés del Agua proseguir con la
tramitación de los expedientes vinculados a las actuaciones en curso de ejecución
detalladas en el Anexo I y II del Convenio. A tal efecto, el Instituto Aragonés del
Agua justificará, en cada expediente, que la actuación está en curso de ejecución.
En aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 52.3 de la Ley 40/2015, es
necesario señalar un plazo improrrogable para la finalización de las obras en
curso. Se señala como plazo improrrogable el que concluye el 31 de diciembre de
2024".
El 16 de noviembre de 2020 se ha suscrito un nuevo convenio entre el
Ayuntamiento de Torla-Ordesa y el Instituto Aragonés del Agua para la
construcción de la planta de depuración de aguas residuales de Torla-Ordesa
(Huesca) y fijación de los términos de la encomienda de gestión para su
explotación por el Instituto Aragonés del Agua.
Mediante Orden AGM/218/2020, de 3 de marzo, se dispuso la publicación del
Acuerdo del Gobierno de Aragón el 26 de febrero de 2020, por el que se declara la
urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea
necesario iniciar para la ejecución del los Proyectos proyectos de construcción de
las estaciones depuradoras de aguas residuales de Ansó, Benasque, CanfrancEstación, Hecho/Siresa, Torla-Ordesa y Panticosa/El Pueyo de Jaca/ Escarrilla/
cve: BOE-B-2021-18162
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 23437
Aun siendo obras de interés general a ejecutar por la Administración General
del Estado, la suscripción del convenio permitió que fuera la Comunidad Autónoma
quien abordara la ejecución de las depuradoras del Pirineo Aragonés.
Durante el año 2008 se realizaron los trabajos previos a la licitación, que
consistieron en la preparación de los proyectos básicos y os pliegos para los
futuros contratos. La EDAR de Torla quedó agrupada en el contrato concesional
denominado Zona-P3, ríos Cinca y Ara. Con fecha 4 de junio de 2010 se formalizó
el contrato de concesión de obra pública con la empresa Depuradoras Pirineo
Zona P3.
Tras diversas vicisitudes, con fecha 23 de octubre de 2018, el Presidente del
Instituto Aragonés del Agua, decidió la resolución del contrato de concesión de
obra pública para la redacción de proyectos, construcción y explotación de las
infraestructuras necesarias para la depuración de aguas residuales en el pirineo,
Zona P3-Ríos Cinca y Ara.
El Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de diciembre de 2018, acordó
"manifestar el compromiso de acometer las actuaciones descritas en el anexo I del
Convenio Específico entre el Ministerio del Medio Ambiente y el Gobierno de
Aragón para el Desarrollo del Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2008-2015 a
través de contratos de obra en las anualidades comprendidas entre 2019 y 2024 y
convocatorias anuales de subvenciones en las anualidades comprendidas entre
2019 y 2026". Este Acuerdo ha sido ratificado por el Gobierno de Aragón con fecha
17 de diciembre de 2019.
El Convenio suscrito en octubre de 2007 entre el Ministerio de Medio Ambiente
y la Comunidad Autónoma de Aragón ha finalizado su vigencia el 31 de diciembre
de 2019, si bien la Comisión de Seguimiento celebrada con fecha 13 de diciembre
de 2019 concluyó que, "en tanto no se apruebe la descalificación como obras de
interés general de la Administración del Estado de las actuaciones previstas en el
Anexo I que se encuentran a la fecha en ejecución, será de aplicación lo dispuesto
en el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, que permitirá a la Instituto Aragonés del Agua proseguir con la
tramitación de los expedientes vinculados a las actuaciones en curso de ejecución
detalladas en el Anexo I y II del Convenio. A tal efecto, el Instituto Aragonés del
Agua justificará, en cada expediente, que la actuación está en curso de ejecución.
En aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 52.3 de la Ley 40/2015, es
necesario señalar un plazo improrrogable para la finalización de las obras en
curso. Se señala como plazo improrrogable el que concluye el 31 de diciembre de
2024".
El 16 de noviembre de 2020 se ha suscrito un nuevo convenio entre el
Ayuntamiento de Torla-Ordesa y el Instituto Aragonés del Agua para la
construcción de la planta de depuración de aguas residuales de Torla-Ordesa
(Huesca) y fijación de los términos de la encomienda de gestión para su
explotación por el Instituto Aragonés del Agua.
Mediante Orden AGM/218/2020, de 3 de marzo, se dispuso la publicación del
Acuerdo del Gobierno de Aragón el 26 de febrero de 2020, por el que se declara la
urgencia de los procedimientos de expropiación forzosa iniciados o que sea
necesario iniciar para la ejecución del los Proyectos proyectos de construcción de
las estaciones depuradoras de aguas residuales de Ansó, Benasque, CanfrancEstación, Hecho/Siresa, Torla-Ordesa y Panticosa/El Pueyo de Jaca/ Escarrilla/
cve: BOE-B-2021-18162
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90