II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Destinos. (BOE-A-2021-5956)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Jueves 15 de abril de 2021

Sec. II.A. Pág. 43080

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
5956

Resolución de 8 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
el concurso general, convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2020.

Por Resolución de 22 de diciembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de
enero de 2021) se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, así como en el
artículo 47 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, previa
actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia la base séptima de la
citada convocatoria, y a la vista de los méritos alegados por los aspirantes que constan
en las actas de la mencionada Comisión,
Esta Subsecretaría acuerda:
Primero.
Resolver la adjudicación de los puestos de trabajo convocados conforme al anexo de
la presente resolución.
Segundo.
Declarar desiertos los puestos que se especifican en el citado anexo por falta de
candidatos o por no alcanzar ninguno la puntuación mínima exigida.
Tercero.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al
domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los
artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de

cve: BOE-A-2021-5956
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De acuerdo con lo previsto en la base décima de la convocatoria, los interesados
deberán tomar posesión de los nuevos destinos en el plazo de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que,
excepcionalmente y por causas justificadas, el órgano convocante acuerde suspender el
disfrute de los mismos.