III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-6038)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43451
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CONSUMO
6038
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Castilla y León, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma de Castilla y
León, en fecha 31 de marzo de 2021, Convenio para la constitución de la Junta Arbitral
de Consumo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que figura como anexo a
esta resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 5 de abril de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael
Escudero Alday.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma de Castilla y
León, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad
Autónoma de Castilla y León
En Madrid a 31 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el
que se nombran Ministros del Gobierno.
Y de otra parte, doña Ana Carlota Amigo Piquero, Consejera de Empleo e Industria
de la Junta de Castilla y León, nombrada por Acuerdo 5/2020, de 28 de mayo, del
Presidente de la Junta de Castilla y León,
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el Capítulo II, del Título V, del Libro
Primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
para que reglamentariamente establezca su organización, gestión y administración, así
como el procedimiento de resolución de conflictos.
De conformidad con dicho mandato, el Gobierno aprobó el Real Decreto 231/2008,
de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, estableciendo el
cauce para que los conflictos de consumo puedan resolverse en esta vía de carácter
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Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43451
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CONSUMO
6038
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Castilla y León, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma de Castilla y
León, en fecha 31 de marzo de 2021, Convenio para la constitución de la Junta Arbitral
de Consumo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que figura como anexo a
esta resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 5 de abril de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael
Escudero Alday.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma de Castilla y
León, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad
Autónoma de Castilla y León
En Madrid a 31 de marzo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el
que se nombran Ministros del Gobierno.
Y de otra parte, doña Ana Carlota Amigo Piquero, Consejera de Empleo e Industria
de la Junta de Castilla y León, nombrada por Acuerdo 5/2020, de 28 de mayo, del
Presidente de la Junta de Castilla y León,
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el Capítulo II, del Título V, del Libro
Primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
para que reglamentariamente establezca su organización, gestión y administración, así
como el procedimiento de resolución de conflictos.
De conformidad con dicho mandato, el Gobierno aprobó el Real Decreto 231/2008,
de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, estableciendo el
cauce para que los conflictos de consumo puedan resolverse en esta vía de carácter
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