IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-17929)
TOLEDO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. IV. Pág. 23065

IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL

17929

TOLEDO

D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del
Jdo.de 1ª. Inst. e Instrucción n.º 1 de Toledo, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección
primera de declaración de concurso 341/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0003813,
se ha dictado en fecha ocho de marzo de dos mil veintiuno auto de declaración de
concurso de los deudores Dª. Margarita Leal Serrano y D. Luis Velasco Criado con
documento nacional de identidad 50419760B, y 02516198H, respectivamente, con
domicilio en Calle Briseida nº 15, de la localidad de Carranque(Toledo).
2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y
disposición.
3º.- Se ha designado, como Administración concursal a Don Emilio Gutiérrez
Gracia, con domicilio postal en Calle San Clemente, nº 11-C Local 2 Talavera de la
reina y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección,
efectúen la comunicación de créditos, concursolvelascoymleal@gmail.com.
4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que
comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos
que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 28.1,5º y 255 y
siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o
electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la
última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni
otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.
6º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de
manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de
los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.
El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince, computados desde
la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y
propuestas de modificación al mismo.
Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro
Público Concursal, www.publicidadconcursal. es
Toledo, 11 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración Judicial, Arturo
García del Castillo.

cve: BOE-B-2021-17929
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X