II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2021-5888)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo, de diversas categorías del I Convenio Colectivo de Buques del Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 13 de septiembre de 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 42663

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
5888

Resolución de 6 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueba
la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso,
como personal laboral fijo, de diversas categorías del I Convenio Colectivo de
Buques del Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 13 de
septiembre de 2019.

Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes que han superado el proceso
selectivo y concluido el plazo de solicitud de vacantes ofertadas,
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Declarar aprobados a los candidatos que figuran en el Anexo I que acompaña a la
presente Resolución y adjudicar destino a los mismos.
Segundo.
Hacer pública, como Anexo II, la relación de personas aspirantes excluidas, por no
cumplir con los requisitos exigidos en la convocatoria, con expresión de las causas de
exclusión, habiendo sido requeridas para justificar la posesión de los mismos.
Tercero.
Conforme a lo dispuesto en la base 7.7 de la convocatoria, si algún candidato no
cumple los requisitos exigidos, renuncia o la certificación emitida por la unidad de
personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo
de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación
a la que se refiere la base 7.1, que no hubiese obtenido plaza y según el número de
orden obtenido.
Cuarto.
La formalización de los contratos a los aspirantes a los que se les adjudica puesto de
trabajo se deberá realizar por el Órgano competente, dentro del plazo de un mes.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno, entendiéndose
que la obtención de un puesto derivado de la presente resolución implicaría, en caso de
prestar anteriormente servicio como contratado laboral fijo, la novación del contrato
de trabajo.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad
Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con

cve: BOE-A-2021-5888
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Quinto.