III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Obra Pía de los Santos Lugares. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-5831)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Obra Pía de los Santos Lugares, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Martes 13 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 42290

Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio
profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría.
También:


Identificamos y valoramos los riesgos de incorrección material en las cuentas anuales,
debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para
responder a dichos riesgos y obtenemos evidencia de auditoría suficiente y adecuada
para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una
incorrección material debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección
material debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones
deliberadas, manifestaciones intencionadamente erróneas, o la elusión del control
interno.



Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de
diseñar procedimientos de auditoria que sean adecuados en función de las circunstancias,
y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la
entidad.



Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas y la razonabilidad de las
estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el órgano de
gestión.
Concluimos sobre si es adecuada la utilización, por la Presidenta del principio contable de
empresa en funcionamiento y, basándonos en la evidencia de auditoría obtenida,
concluimos sobre si existe o no una incertidumbre material relacionada con hechos o con
condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad
para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una
incertidumbre material, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe de
auditoría sobre la correspondiente información revelada en las cuentas anuales o, si
dichas revelaciones no son adecuadas, que expresemos una opinión modificada. Nuestras
conclusiones se basan en la evidencia de auditoria obtenida hasta la fecha de nuestro

cve: BOE-A-2021-5831
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